Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración
Declaración de la Renta 2025-2026
Dar clases particulares fuera del trabajo: cuándo hay que declarar esos ingresos a Hacienda
El momento y la forma en que debes declarar estos ingresos dependen del volumen de dinero, de la habitualidad con la que des las clases y de quién sea tu cliente
Dar clases particulares para ganar un dinero extra fuera de tu jornada laboral es una práctica muy común, pero la Agencia Tributaria no hace distinciones por la «informalidad» del trabajo. A ojos de Hacienda, cualquier ingreso cuenta, y en esta campaña de la Renta las condiciones se han vuelto aún más estrictas para quienes reciben dinero por esta vía, especialmente a través de transferencias o Bizum.
En este sentido, el momento y la forma en que debes declarar estos ingresos dependen del volumen de dinero, de la habitualidad con la que des las clases y de quién sea tu cliente.
La regla más importante a tener en cuenta es el límite conjunto que marca la obligación de presentar la declaración. Aunque tus rendimientos del trabajo como asalariado sean bajos y no te obliguen a declarar, la ley establece que si obtienes de forma combinada rendimientos del trabajo, del capital o de actividades económicas que superen los 1.000 euros brutos anuales, la exención se pierde.
Por lo tanto, si sumando todas las clases particulares del año has rebasado esa barrera de los 1.000 euros, te ves automáticamente obligado a rendir cuentas con el fisco y presentar el IRPF.
Miedo a la cuota mensual
La forma en la que debes reflejar ese dinero en tu declaración depende de cómo ejerzas la actividad y de la frecuencia de las lecciones. Si das clases de forma muy puntual, como por ejemplo ayudando al hijo de un conocido durante un par de semanas antes de sus exámenes finales y no es algo que hagas de manera recurrente ni organizada, puedes incluir estos ingresos en la Renta simplemente como rendimientos del trabajo, sumándolos a los de tu empleo principal sin necesidad de darte de alta como autónomo.
Por el contrario, si tienes un horario fijo semanal, buscas activamente alumnos o te anuncias en portales de internet, Hacienda considera que existe habitualidad, lo que te obliga a darte de alta en la Agencia Tributaria mediante el modelo 037 y declarar el dinero como rendimiento de una actividad económica.
Esta distinción suele generar muchas dudas debido al miedo a tener que pagar la cuota mensual de la Seguridad Social por un ingreso que puede ser pequeño.
La normativa exige el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos si la actividad se realiza de forma habitual, pero la jurisprudencia matiza que, si los ingresos totales de las clases particulares no superan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en su cómputo anual, se puede evitar el alta en la Seguridad Social.
La letra pequeña del IVA
La normativa fiscal ofrece una gran ventaja para los profesores particulares, aunque con una letra pequeña que conviene vigilar. Las clases particulares están exentas de IVA siempre y cuando las materias que impartas estén incluidas en los planes de estudio del sistema educativo oficial, abarcando desde la educación primaria y el bachillerato hasta los idiomas o las asignaturas universitarias.
Si enseñas algo ajeno al sistema oficial, como técnicas de edición de vídeo o un taller de cocina recreativa, sí tendrías que aplicar el impuesto.
Además, si tus alumnos son particulares, tus recibos no llevan retención, pero si compaginas tu empleo dando clases como profesor externo para una academia o una empresa, estarás obligado a aplicar una retención del 15 % de IRPF en la factura, un dinero que la empresa ingresará directamente en tu nombre en las arcas públicas.
Ocultar estos ingresos bajo el radar ya no es tan factible como en el pasado debido a las herramientas de control digital. Con el cruce automático de datos que los bancos ejercen sobre las cuentas particulares y las notificaciones por movimientos recurrentes en plataformas de pago móvil, recibir ingresos constantes sin justificar se ha convertido en uno de los principales motivos por los que Hacienda paraliza las devoluciones o inicia revisiones de oficio.