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Trabajador en una fábrica.Europa Press

Los salarios vuelven a perder la batalla contra la inflación: suben un 3 % frente a un IPC del 4,3 %

Seis de cada diez trabajadores cubiertos por convenio carecen de cláusulas de revisión que permitan compensar la pérdida de poder adquisitivo

Los salarios pactados en convenio vuelven a quedarse por detrás de la inflación. La subida salarial media alcanzó el 3,04 % en agosto, mientras que el IPC se situó en el 4,3 % interanual, según el dato adelantado por el Instituto Nacional de Estadística (INE). La diferencia entre ambos indicadores alcanza así los 1,26 puntos porcentuales.

La brecha se produce después de que el repunte de los precios haya acelerado durante los últimos meses, mientras los incrementos salariales pactados en la negociación colectiva permanecen prácticamente estancados. Según la estadística publicada por el Ministerio de Trabajo, los convenios registraron una subida media del 3,04 % hasta agosto, apenas dos centésimas más que el 3,02 % registrado un mes antes.

El incremento salarial encadena ya cuatro meses consecutivos en el entorno del 3 %. En cambio, la inflación ha escalado hasta el 4,3 % en agosto, a falta de que el INE confirme la próxima semana el dato definitivo.

La comparación no implica que todos los trabajadores sujetos a convenio hayan perdido exactamente 1,26 puntos de poder adquisitivo. El incremento salarial recoge los convenios con efectos económicos durante 2026, mientras que el IPC del 4,3 % mide la variación interanual de los precios en agosto. Además, algunos acuerdos incorporan mecanismos que permiten revisar posteriormente los salarios en función de la evolución de la inflación.

El problema es que la mayoría de los trabajadores no cuenta con esa protección. De los 2.889 convenios registrados hasta agosto, únicamente 863, el 29,9 %, incorporan una cláusula de garantía salarial. En términos de trabajadores, estos acuerdos protegen a 3,48 millones de personas de los más de 8,8 millones cubiertos por la negociación colectiva.

Esto supone que únicamente el 39,3 % de los trabajadores dispone de una cláusula de revisión salarial, mientras que seis de cada diez carecen de este mecanismo para compensar las desviaciones de la inflación.

Además, no todas las cláusulas funcionan de la misma manera. De los 863 convenios que incorporan alguna garantía salarial, 604 contemplan que la revisión tenga efectos retroactivos.

La utilización de estas cláusulas ha aumentado considerablemente durante los últimos años. El 39,3 % de trabajadores protegidos actualmente supera en cerca de 18 puntos el 21,08 % registrado en diciembre de 2023, pero todavía deja fuera a la mayoría de los empleados sujetos a convenio.

Los acuerdos negociados recientemente muestran, al mismo tiempo, que las subidas salariales comienzan a adaptarse al nuevo escenario de precios. De los 2.889 convenios con efectos económicos en 2026, únicamente 572 han sido firmados entre enero y agosto de este año. Estos últimos contemplan un incremento salarial medio del 3,72 %, notablemente superior al 2,91 % de los 2.317 acuerdos procedentes de ejercicios anteriores. Incluso los convenios firmados este año se sitúan, sin embargo, casi seis décimas por debajo del IPC adelantado de agosto.

Los sindicatos piden subidas del 4 %

La evolución de los precios añade presión a la negociación del nuevo Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC), que patronal y sindicatos deben renovar después de que el anterior venciera a finales de 2025.

El acuerdo precedente recomendaba incrementos salariales del 3 % para 2025 y contemplaba una cláusula que permitía añadir hasta otro punto porcentual en caso de desviación de la inflación.

UGT y CCOO han elevado ahora sus pretensiones y plantean a la patronal subidas salariales del 4 % anual durante los próximos tres años, lo que supondría un incremento acumulado del 12 % hasta 2028. A ello quieren añadir una cláusula de revisión de hasta el 1,5 % anual cuando la inflación supere los aumentos pactados.

La propuesta sindical incluye también incrementos adicionales para los convenios con remuneraciones inferiores al salario medio nacional: un punto adicional cuando estén al menos un 10 % por debajo, dos puntos cuando la diferencia alcance el 20 % y tres puntos cuando los salarios sean al menos un 30 % inferiores.