Una pareja de pensionistas.
El Estado gasta 8.700 millones en complementar pensiones sin tener en cuenta la renta del cónyuge
Los complementos a mínimos han multiplicado por seis su coste desde 2005 y pueden cobrarse aunque el otro miembro del matrimonio tenga ingresos elevados
El Estado destinó el año pasado casi 9.000 millones de euros a complementar las pensiones de quienes no alcanzan las cuantías mínimas, una factura que se ha multiplicado por seis en apenas dos décadas. Sin embargo, el sistema permite que estas ayudas lleguen a hogares con una capacidad económica elevada al no tener en cuenta, con carácter general, los ingresos del cónyuge.
Como explica en un informe de Fedea el exsecretario de Estado de la Seguridad Social Octavio Granado, el Estado destinaba 1.397 millones de euros a los complementos a mínimos en 2005. Veinte años después, esta partida asciende a 8.718 millones, más de seis veces esa cantidad y aproximadamente cuatro veces más si se descuenta el efecto de la inflación.
Estos complementos sirven para elevar las pensiones más bajas hasta el mínimo fijado cada año. La diferencia no se paga con las cotizaciones, sino con transferencias del Estado a la Seguridad Social financiadas con impuestos.
Granado reconoce que parte del incremento responde a una decisión política de reforzar la protección de los pensionistas con menores prestaciones. Entre otras medidas, se han elevado especialmente los complementos correspondientes a pensionistas con cónyuge a cargo sin ningún tipo de pensión y los destinados a las pensiones de orfandad. Además, la cuantía individual del complemento está limitada y no puede superar con carácter general la correspondiente a una pensión no contributiva.
El problema, señala el exsecretario de Estado con Zapatero y Pedro Sánchez, aparece al determinar quién tiene derecho a recibir el dinero. En 2026, un pensionista puede acceder al complemento ordinario si sus rendimientos computables distintos de la pensión no superan los 9.442 euros anuales, pero el sistema no establece limitaciones sobre la renta conjunta del hogar.
Cuando se solicita la cuantía específica correspondiente a «cónyuge a cargo», la Seguridad Social sí exige dependencia económica y computa conjuntamente determinados rendimientos del pensionista y de su pareja, cuyo límite se sitúa este año en 11.013 euros. Pero fuera de esa modalidad, la capacidad económica del otro cónyuge no impide por sí misma percibir el complemento.
«Sería perfectamente posible que una persona casada en régimen de separación de bienes con otra millonaria cobrara un complemento al mínimo de pensión», señala Granado, quien además explica que existen «miles de casos» en los que estos complementos se pagan dentro de unidades familiares en las que el otro cónyuge percibe una pensión situada en el tope máximo del sistema.
Es decir, es posible que en un hogar conviva un pensionista que cobre los más de 47.000 euros de pensión máxima en 2026 con otro cuya pensión esté siendo elevada hasta el mínimo mediante una transferencia financiada con impuestos. Y no se trata de ninguna irregularidad, ya que los beneficiarios cumplen los requisitos establecidos por la ley.
El problema que plantea Granado es que la propia normativa permite esta situación al medir la capacidad económica individual y no la del hogar. «Hay que hilar muy fino para encontrar razones de interés social en que esta regulación no deba matizarse, sobre todo en momentos en los que se discute la sostenibilidad del sistema en su conjunto», sostiene el exsecretario de Estado.
Distintos criterios
Esto no ocurre con otras prestaciones. En el caso de las pensiones no contributivas, se tienen en cuenta los ingresos de la unidad de convivencia, al igual que en el ingreso mínimo vital, donde además resulta un elemento fundamental para determinar el acceso a la prestación.
En los complementos a mínimos, en cambio, la Seguridad Social aplica con carácter general el límite de ingresos únicamente al pensionista. El propio INSS contabilizaba 2.214.598 pensiones con mínimos en vigor al cierre de 2025.
Por ello, Granado propone reformar el sistema para incorporar la capacidad económica de la unidad de convivencia y dar prioridad a los hogares cuya renta se encuentre realmente por debajo de la media nacional. «Parecería razonable arbitrar reformas legales» para que los ingresos de las personas que forman parte del hogar «sean tenidos en cuenta para la determinación de los complementos», concluye.