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27 de abril de 2024

Tribunal Supremo de Madrid

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Tribunales 

El Supremo avala a los jueces de los ERE en el reparto de las macrocausas contra la corrupción del socialismo andaluz

El Alto Tribunal ha dictado una sentencia en la que respalda la decisión de la titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla de ceder el peso de las tramas políticas a su refuerzo

La juez María Núñez Bolaños, titular del juzgado de los ERE, cuyas riendas cogió a mediados de 2015, tras la salida de su antecesora, Mercedes Alaya, ya cuenta con el aval del Supremo para continuar al frente del órgano con el reparto de competencias pactado con su juez de refuerzo, José Ignacio Vilaplana. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial aprobaron el pacto alcanzado entre Bolaños y el juez de adscripción territorial –quien ejerce funciones de apoyo desde 2016– para repartirse de manera definitiva las competencias. Núñez Bolaños quedó, así, liberada de dirigir las investigaciones sobre las piezas separadas de los ERE, Cursos de Formación, Fafe y los avales de Inea que aún restan por liquidar, actualmente en manos de Vilaplana.
En una sentencia de 2 de noviembre, a la que ha tenido acceso El Debate, la Sección Primera de la Sala Tercera del Alto Tribunal, presidida por el magistrado César Tolosa, el Supremo ha ratificado que el juez José Ignacio Villaplana se encargue de instruir todas las causas que restan sobre las tramas de corrupción socialista en Andalucía, rechazando el recurso que había sido planteado por los abogados de varios de los encausados. Entre ellos, la secretaria del ya desaparecido exdirector general de Trabajo de la Junta de Andalucía Francisco Javier Guerrero, uno de los que fuera brazo ejecutor de la trama de los ERE y quien manejó, sin control y durante casi diez años, hasta 647 millones de euros repartidos en ayudas y subvenciones fraudulentas de la partida 31-L, más conocida como 'el fondo de reptiles'.
La misma solicitud desestimada por el Supremo fue cursada por otros cuatro letrados de varios sindicalistas implicados en estas mismas piezas pendientes.
Fuentes próximas al Alto Tribunal han señalado a El Debate que la inadmisión de la petición formulada por algunas de las defensas se ha producido al considerar los magistrados que el acuerdo adoptado entre Bolaños y Vilaplana ni infringía el derecho al juez natural de los encausados, ni afectará a sus derechos. No en vano, en 2020, tras una prolongada baja por enfermedad de Núñez Bolaños ya se había producido el relevo en favor del juez Vilaplana, para que asumiese las macrocausas y los asuntos de especial trascendencia que, hasta entonces, había instruido la juez titular. 
Los abogados recurrentes también habían solicitado al Supremo que adoptase medidas cautelares orientadas a la suspensión del acuerdo referido al mencionado plan de actuación judicial que, sin embargo, no fueron atendidas. Los letrados alegaban que durante toda la tramitación de la macrocausa de los ERE, tanto Mercedes Alaya como María Núñez Bolaños, siempre habían tramitado las investigaciones con la ayuda de jueces de apoyo y de jueces sustitutos, sin que ello significase que se apartasen de las causas. 
De la sentencia del Supremo se desprende ahora que el hecho de que la magistrada titular se mantenga ajena al conocimiento y decisión de los procedimientos que tramitaba, cuando llegó al órgano judicial, mientras que el juez de refuerzo continúa al frente de las mismos, no afecta al derecho al juez natural de los encausados, ni afectará a sus derechos de defensa. 
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