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05 de mayo de 2024

Pedro Sánchez y Pere Aragonès coincidieron el pasado viernes en la clausura del Cerce D'Economia celebrado en Barcelona

Pedro Sánchez y Pere Aragonès coincidieron el pasado viernes en la clausura del Cercle d'Economia celebrado en BarcelonaEFE

Tribunales

El Constitucional estrecha el cerco sobre la ley que elimina el 25 % del español en las aulas catalanas

El Pleno de la Corte de Garantías se inclina, inicialmente, por la inconstitucionalidad de la norma. La ponencia corresponderá al magistrado Enrique Arnaldo

El Govern de la Generalitat, con su presidente Pere Aragonès al frente, manifestó pública y reiteradamente su rebeldía contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), declarada firme por el Supremo, que anuló la inmersión lingüística del sistema educativo catalán y obliga al Ejecutivo regional a impartir un 25 % de las clases en castellano, a los escolares que así lo soliciten. El incumplimiento flagrante del gobierno catalán de Esquerra Republicana de Cataluña (ERC) no sólo se ha traducido, hasta la fecha, en una mera manifestación de intenciones sino, además, en la aprobación de una nueva ley que –con el apoyo de los Comunes y del Partido Socialista Catalán (PSC)– nacía con el objetivo de vetar, a futuro, el mínimo exigido por la Justicia para el modelo educativo cooficial. Así las cosas, la Sala del Tribunal Superior de Justicia (TSJC) elevó el caso al Constitucional para que determine la legalidad del decreto que da «preferencia» al catalán.
Los magistrados consideran que fijar de forma explícita, en una norma, la «inaplicación» de porcentajes en los proyectos lingüísticos de las escuelas es «inconstitucional» y choca con la Ley vigente sobre uso y aprendizaje de lenguas oficiales, para todo el territorio nacional.
Tras constatar, el pasado mes de julio, la imposibilidad de ejecutar la sentencia dictada por el TSJC que obligaba a impartir un 25 % de horas lectivas en castellano, los jueces plantearon ante sus compañeros del Tribunal de Garantías que esta semana admitirán, en el Pleno ordinario convocado para el trámite, la petición para estudiar si se con la nueva maniobra catalana se contravienen las protecciones legales en el uso de lenguas oficiales en la enseñanza.
Los magistrados del Tribunal Superior catalán acudieron al Constitucional al considerar que los nuevos textos legales trata de imponer un «nuevo modelo lingüístico» que «no permite reconstruir la posición del castellano en paralelo a la del catalán sin incurrir en fraude de ley». Y, por ello, alertaron de que las nuevas normas son incompatibles con su sentencia, no sólo porque eliminan los porcentajes de uso de cada lengua sino porque su incompatibilidad «es completa», puesto que responde a una fórmula distinta de la protegida.
Esta ley establece el catalán como la lengua normalmente empleada como vehicular y fija el castellano como lengua curricular que se utilizará, en los términos establecidos en los proyectos lingüísticos de los centros, sin fijar porcentajes, por lo que el tribunal entiende que da un uso «preferente» al catalán en detrimento del español que queda, de esta manera, infrautilizado.

Un posible delito de desobediencia

Pendiente de que el Constitucional se pronuncie sobre el fondo de la cuestión, en una sentencia de la que se hará cargo el magistrado Enrique Arnaldo Alcubilla, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha descartado instar un posible delito de desobediencia con pena aparejada de inhabilitación a los responsables políticos detrás del incumplimiento consciente y reiterado de sus advertencias.
No en vano, el Tribunal de Garantías se ha pronunciado así en numerosas ocasiones sobre el derecho a la tutela judicial efectiva de los ciudadanos: «Es obligado cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de los Jueces y Tribunales, así como prestar la colaboración requerida por éstos en el curso del proceso y en la ejecución de lo resuelto».
Al hilo de lo anterior, en septiembre de 2020, el Supremo confirmaba la condena al expresidente de la Generalitat Joaquim Torra, a un año y seis meses de inhabilitación especial y multa de 30.000 euros por un delito de desobediencia, cometido por autoridad o funcionario público, al considerar que había desatendido de forma reiterada y contumaz las órdenes de la Junta Electoral Central (JEC) para retirar determinada simbología de edificios públicos durante el tiempo de campaña de las elecciones generales convocadas para el 28 de abril de 2019, una vez la JEC estimó que vulneraban la neutralidad exigida a las administraciones públicas en dicho proceso.

Admitidos los recursos de PP y Cs

Cabe recordar que el pasado septiembre el Constitucional admitió a trámite los recursos que presentaron los diputados de PP y de Cs en el Parlament de Cataluña contra varios artículos de la ley catalana que elimina el 25 % del castellano en las aulas.
Ambas formaciones políticas consideraron que, con estas normas, el Govern catalán vulnera la Constitución al omitir cualquier referencia al castellano como lengua vehicular de la enseñanza en Cataluña. El líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, y la presidenta de Ciudadanos (Cs), Inés Arrimadas, anunciaron en mayo que recurrirían conjuntamente ante el Constitucional la ley del catalán en las escuelas acordada entre el PSC, ERC, Junts y los Comunes.
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