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19 de abril de 2024

El saludo entre Pedro Sánchez y Pere Aragonès

El saludo entre Pedro Sánchez y Pere AragonèsBorja Puig de la Bellacasa/ Moncloa

Separatismo catalán

Estos son los países europeos que desmontan la excusa de Sánchez para rebajar el delito de sedición

Un total de cinco miembros de la UE: Alemania, Francia, Bélgica, Italia y Portugal contemplan penas más elevadas para la alta traición contra el Estado

La noticia corría como la pólvora nada más hacerse público que el Gobierno de Pedro Sánchez, entregado a la causa de aprobar, cueste lo que cueste, sus Presupuestos Generales del Estado -y mantenerse un año más en La Moncloa, hasta el final de la legislatura- se abría a la rebaja de las penas del delito sedición a la mitad. El Ejecutivo asumía, así, una de las históricas reivindicaciones de los separatistas catalanes de Esquerra Republicana de Cataluña (ERC) cuyo apoyo es imprescindible para consumar el plan de gasto público del Ejecutivo. Si embargo, el propio presidente se afanaba en desvincular ambas cuestiones y aseguraba que la modificación del Código Penal que reducirá el castigo para los cargos públicos o autoridades que alteren el orden público, tenía más que ver con los estándares del resto de países europeos.
Un argumento que se desmonta por sí mismo, con una rápida ojeada al entorno más cercano del caso español. Hasta cinco países: Bélgica, que hasta ahora se ha negado a la entrega de Puigdemont por este delito; Francia, Italia, Alemania y Portugal contemplan penas bastante más elevadas que las españolas para los enemigos del Estado condenados por alta traición. Además, choca el interés repentino de los socialistas por contentar a sus socios de legislatura, fuera del Gobierno, cuando se mantiene en el 'no' a la reforma del sistema de elección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que le exige Bruselas, desde hace años. Con especial insistencia en los últimos meses.
El propio Tribunal Supremo ya reflejó, en su informe negativo sobre los indultos concedidos por el Gobierno a los líderes del 'procés' condenados por sedición, este aspecto sobre los ordenamientos de nuestros vecinos europeos. Destacando, incluso que, en varios de los casos, las penas correspondientes a los tipos penales contra el uso de la fuerza para desvirtuar la naturaleza del Estado como sucede, por ejemplo, en la República Federal Alemana.

De 10 años a cadena perpetua

Así las cosas, Alemania castiga por alta traición al quien, con fuerza o amenaza de fuerza, ataque la existencia misma de la República Federal o al que maniobre para alterar o atacar el orden constitucional. Las condenan oscilan entre un mínimo de 10 años de cárcel hasta la cadena perpetua.
Mientras nuestro ordenamiento prevé penas de entre 10 y 15 años de prisión e inhabilitación absoluta para quienes hayan «inducido, sostenido o dirigido» la sedición, además de penas de entre 4 y 8 años para quienes participen en ella, en Alemania los equivalentes a nuestros delitos de sedición y rebelión son los delitos «de alta traición contra la federación o contra un Estado». Se consideran conductas tan graves, por el uso de la violencia requerida, que pueden llegar a ser castigados «de por vida» y nunca por debajo de la década de cárcel en los casos más graves.

La 'rébellion' belga

Como una modalidad agravada de los delitos de atentado y resistencia a la autoridad, Bélgica contempla como infracción la 'rébellion' efectuada por una pluralidad de personas, tumultuariamente, castigándose expresamente a los provocadores y jefes de la misma. Es esta versión del ilícito la equivalente a la sedición española con una pequeña salvedad, en el caso belga a la hora de modular la pena correspondiente se diferencia si la formación del grupo es fortuita o si, por el contrario, como sucedió en España, es fruto de un concierto previo, en cuyo caso se adjudica una pena de prisión hasta 10 años para los rebeldes.
El Código Penal belga define como rebelión «cualquier ataque, resistencia con violencia o amenazas» a autoridades, funcionarios o agentes de la policía «que actúan para la ejecución de las leyes, órdenes u ordenanzas de la autoridad pública, los mandatos de la justicia o los juicios». Pero asimila la sedición española a las acciones colectivas encaminadas a poner en peligro al rey, la familia real, el orden sucesorio, la conformación del Gobierno o las instituciones del Estado.

Portugal

En el caso portugués, muy al contrario de situarse en una excepción ibérica, como ha pretendido Sánchez, establece condenas de entre 10 y 20 años de cárcel -más altas que en España- para las autoridades que, abusando de su posición, traten de separar una parte del territorio nacional. Incluso, como en la sedición española aunque no se haya recurrido a la violencia expresa.
En los casos menos graves, la horquilla se reduce entre uno y ocho años de cárcel por la mera resistencia regulada en el artículo 333 -y de hasta tres años en el artículo 334- en caso de algarada pública concebida con el objetivo de perturbar el normal funcionamiento del orden constitucional.

Francia, tipifica la conspiración

Nuestros vecinos del norte, castigan expresamente el hecho de que una autoridad del Estado, cualquier que sea su condición, ponga en peligro la unidad e indisolubilidad del mismo. Hasta tal punto se considera grave el intento de lograrlo que, también, incluye como ilícito en su ordenamiento la conspiración para cometerlo.
Aunque el Código Penal francés no tipifica la sedición, como tal, sí se prevén penas específicas «de especial gravedad» -entre las que se encuentra la cadena perpetua- para quienes inciten y lideren cualquier tipo de ataque contra los intereses fundamentales de la nación. Entre ellos, la integridad territorial del Estado.

Italia

En Italia existen dos delitos equiparables a la sedición española, interpretados como de resistencia y regulados en los artículos 336 y 337 de su Código Penal. Las sanciones oscilan entre seis meses y cinco años de privación de libertad para los autores, según la gravedad de la conducta.
A ellos se une el denominado delito de asamblea, concentración o reunión «sediciosa», previsto en el artículo 655 del Código Penal italiano, que indica que «quien forma parte de una reunión sediciosa de diez o más personas será sancionado», por el mero hecho de participar.
Las condenas se elevan hasta un mínimo de doce años de cárcel en los ataques violentos dirigidos contra la integridad, la independencia o la unidad del país.
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