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10 de mayo de 2024

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial bajo la presidencia interina de Vicente Guilarte

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial bajo la presidencia interina de Vicente Guilarte

Como adelantó El Debate

El CGPJ avala por nueve votos el informe contrario a la amnistía

Guilarte y Enrique Lucas han votado en blanco. El informe de la ponente izquierdista, Mar Cabrejas, ha contado con cinco votos

Una mayoría del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado este jueves tras el Pleno el informe contrario a la ley de amnistía propuesto por el ponente Wenceslao Olea, que ha tenido nueve votos a favor. El presidente interino Vicente Guilarte y Enrique Lucas han votado en blanco. El otro informe, el de la ponente izquierdista Mar Cabrejas, ha contado con cinco votos.
Como adelantó El Debate, se ha producido la misma votación que en la declaración institucional que afirmaba que la amnistía pactada entre el PSOE y el independentismo catalán suponía una «degradación, cuando no abolición del Estado de derecho». De hecho fue la primera institución que que se posicionó en contra del borrado penal del procés que Sánchez pagó para su investidura.
La mañana de este jueves se reunía el Pleno del máximo órgano de los jueces para debatir sobre la proposición de ley partiendo de dos informes contradictorios. Ya avanzó este periódico que el vocal Enrique Lucas había decidido desmarcarse de ambos informes, y finalmente ha emitido voto en blanco, lo que no ha variado la votación por tener el informe de Olea un respaldo mayoritario del CGPJ.
Este concluye que «la motivación de la amnistía tiene, como causa directa e inmediata» el acuerdo de investidura alcanzado por los socialistas y Junts: «La invocación a un pretendido interés general o se asimila con los intereses de ese acuerdo o se deja sin explicar, sin que quepa extraerlo de ninguna otra circunstancia».
El vocal Olea advierte de que «la Constitución, al excluir de manera consciente la amnistía, exige al legislador que justifique la adecuación de la proposición de ley orgánica a todos y cada uno de los valores, principios y condiciones que la norma fundamental impone a la potestad legislativa, lo que no se aprecia en el texto de la norma proyectada» y subraya también que «ninguno de los preceptos legales vigentes, ni la doctrina del Tribunal Constitucional, ni la jurisprudencia del Tribunal Supremo permiten concluir que la amnistía esté reconocida en nuestro Derecho».
El informe alerta también de que la proposición de ley de amnistía «socava el derecho a la igualdad, ya que no se justifica en los adecuados términos de idoneidad y proporcionalidad el trato diferencial más beneficioso de los sujetos abarcados por la amnistía en relación con el resto de los ciudadanos, toda vez que el fundamento que podría justificar el trato discriminatorio es insuficiente y arbitrario».
Critica de igual modo la vía de tramitación elegida por el PSOE, la de la proposición de ley en vez de proyecto de ley para evitar informes de los órganos consultivos. Así, remarca que esta es «arbitraria y que no se motiva su urgencia, debiendo haberse optado por la vía del proyecto de ley, atendida la excepcionalidad jurídica y la trascendencia social del asunto».
Y remarca igualmente que «conforme a la regulación constitucional, no resulta admisible que el Poder Legislativo pueda dejar sin efecto las decisiones adoptadas por los Tribunales, salvo en los supuestos expresamente autorizados por la Constitución, como ocurre con los indultos particulares».
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