
la pareja de Ayuso, Alberto González Amador
Tribunales
El novio de Ayuso pide declarar voluntariamente, suspender la causa principal y expulsar a PSOE y Mas Madrid como acusaciones
En sendos escritos registrados por la defensa de Alberto González Amador, tras la decisión de la Audiencia Provincial que, esta mañana, confirmaba la ampliación de la investigación a dos delitos más
Tal y como anunció en su última comparecencia judicial, el novio de Isabel Díaz Ayuso, ha pedido declarar voluntariamente ante la jueza instructora de la causa por la que está siendo investigado por dos presuntos delitos de fraude tributario y falsedad documental. Así lo ha solicitado su defensa, según ha podido saber El Debate, tras conocerse esta mañana el Auto de la Sección Tercera de la Sala de Apelaciones de la Audiencia Provincial de Madrid en el que se rechazaba el recurso planteado por Alberto González Amador, tras el cambio de criterio del Ministerio Fiscal, contra la apertura de una pieza separada por otros dos supuesto ilícitos de corrupción en los negocios y administración desleal.
Así las cosas, el novio de la presidenta madrileña se ha puesto a disposición del órgano investigador, tan pronto como lo permita la agenda del mismo, pero con un matiz importante, para prestar declaración en la nueva pieza separada –no en la originaria– en la que reclama, también, la expulsión de las acusaciones populares que, hasta la fecha, ejercen en dicha derivada tanto el PSOE como Mas Madrid.
Además, los letrados de González Amador han instado la suspensión del procedimiento principal al entender que, de acuerdo con la doctrina consolidada y como consecuencia de la decisión de la Audiencia que considera necesario investigar si los ingresos que la sociedad Maxwell Cremona SL recibe de Quirón Prevención SL proceden de una actividad delictiva, como sostiene la Fiscalía, resulta incompatible investigar ambas cuestiones al mismo tiempo.
No en vano, según la jurisprudencia «de la Sala Segunda» del Supremo, «los ingresos con origen delictivo objeto del proceso penal no deben dar lugar a su tributación (STS 20/2001, de 28 de marzo)». Motivo por el que, en opinión de la representación jurídica de la pareja del novio de Ayuso, hasta que no se determine que en la nueva línea de instrucción no hay caso, no se puede continuar con el anterior.Y es que, hasta la fecha, en las actuaciones inspectoras, consta que los ingresos procedentes de Quirón Prevención SL a favor de González Amador ascendieron a 275.273,83 €, en el ejercicio 2020; y, 722.180,00 en el año 2021. Por lo que considerando que las liquidaciones que se practican del Impuesto de Sociedades sobre dichas cantidades (al tipo del 25%), implica que las cuotas a eliminar asociadas a esos importes serían de 68.818,46 euros en el primero de los escenarios y 180.545,00 euros, en el segundo.
«Teniendo en cuenta que las cuotas resultantes de la liquidación que se señala que debe dar lugar a la consideración del delito fiscal son: 155.000,00 euros en 2020 y en el año 2021: 195.951,41 €. El resultante de la consideración de los hechos de la pieza separada no alcanzaría condición objetiva de tipicidad requerida por el art. 305 CP», sostienen los letrados del empresario madrileño.
Por lo cual, insisten en que la investigación de esos hechos de la pieza separada resulta «incompatible» con la existencia del delito fiscal considerado en el procedimiento principal. «En otros términos: las hipótesis consideradas por la pieza separada» confirmada hoy por la Audiencia Provincial de Madrid, sobre la posible existencia de corrupción en los negocios y administración desleal, «son incompatibles con el delito fiscal considerado» en el proceso que se abrió de inicio a González Amador que podría resultar paralizado si la juez ampara los argumentos de la defensa.