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El exministro de transporte José Luis Ábalos llega al Tribunal Supremo para declarar como investigado, a 15 de octubre de 2025Europa Press

Tribunales

El Supremo descarta la prisión provisional para Ábalos pero mantiene su prohibición de salir de España por el riesgo de fuga

  • El magistrado Puente se ha sumado al criterio de la Fiscalía Anticorrupción

  • Destaca que que no solo persisten indicios de criminalidad, sino que se ha incrementado su robustez con el último informe de la UCO

  • El juez señala que «no es ajeno al natural estupor" que produce que Ábalos siga siendo diputado

El instructor del 'caso Koldo' en el Tribunal Supremo (TS), Leopoldo Puente, ha rechazado la petición de las acusaciones populares lideradas por el PP de enviar a prisión provisional al exministro de Transportes José Luis Ábalos tras el último informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que revela «ingresos irregulares». Ábalos se ha acogido a su derecho a no declarar. El magistrado ha coincidido con la Fiscalía en que lo pertinente es mantener las medidas cautelares que tiene vigentes, es decir, prohibición de salida del país, retirada de pasaporte y comparecencia periódica en sede judicial. Ábalos ha entrado y salido del Supremo en silencio, sin efectuar declaraciones a los medios. Ábalos ha tenido que escuchar los gritos de algunas personas congregadas a las puertas del tribunal.

El juez indica que persisten indicios de criminalidad que aparecían ya seriamente consolidados en informe de la UCO de 5 de junio, y que el último informe del 3 de octubre ha incrementado su existencia y robustez, poniendo de relieve que el investigado, «sin hacer uso de cantidad alguna en metálico procedente de sus cuentas bancarias durante varios años, efectuó sin embargo significativos ingresos en metálico en esas mismas cuentas».

Ábalos llega al Tribunal Supremo

Además, añade el juez, se ha puesto de manifiesto la existencia de muy estrechos vínculos entre los patrimonios de Ábalos y del también investigado Koldo García quien según el auto ha venido asumiendo con su propio patrimonio gastos de Ábalos.

Según ha informado el tribunal en un comunicado, el juez analiza los requisitos por los que se pueden acordar la prisión. Respecto al riesgo de reiteración delictiva y el de alteración de fuentes de prueba, descarta que concurran en este momento.

Riesgo de fuga

Sin embargo, sobre el riesgo de fuga coincide con el fiscal en que concurre un riesgo cierto, aunque no lo suficientemente intenso, de que el investigado pueda sustraerse a la acción de la justicia.

Añade sobre este punto que «es verdad que el señor Ábalos Meco ha podido disponer de cantidades importantes de dinero opaco, tal vez en metálico, tal vez depositados en cuentas de terceros que hasta el momento no han sido halladas, así como de ciertos contactos y vínculos internacionales (en tal sentido, consta en las actuaciones, por ejemplo. la existencia de aportaciones económicas, que, aparentemente en concepto de préstamo, habría realizado en beneficio del señor Ábalos uno de sus hijos, don Víctor, sin que conste que aquel haya sido devuelto de ningún modo). La existencia de dicho riesgo, sin embargo, ha sido conjurada hasta el momento con las medidas cautelares que tiene vigentes».

Además, el juez señala que el riesgo de fuga resulta creciente «conforme el conjunto de indicios de la posible comisión de graves delitos, sancionados con penas privativas de libertad muy significativas se robustece; y conforme también se aproxima la fecha de celebración del juicio oral, lo que, acaso, pudiera justificar, como sugirió el fiscal en su informe, la adopción de medidas cautelares más gravosas en lo porvenir».

Finalmente, el juez señala que «no es ajeno al natural estupor que produce que una persona, frente a la que gravitan tan consistentes indicios de la eventual comisión de muy graves delitos estrechamente relacionados además con el viciado ejercicio de la función pública, pueda mantenerse en el curso del procedimiento penal que se sigue contra él, ejerciendo a la vez las altas funciones que corresponden a un miembro del Congreso de los Diputado (entre ellas, el control de la acción del Gobierno y la aprobación de normas con rango de ley). Se trata, creo, de un buen motivo para la reflexión».

Presunción de inocencia

Añade que «el derecho constitucional, de máxima relevancia, a la presunción de inocencia, no sería obstáculo, necesariamente, para que pudiera articularse por ley algún mecanismo apto para impedirlo. De hecho, el Reglamento del Congreso de los Diputados, en su artículo 21, ya previene que los Diputados y Diputadas quedarán suspendidos en sus derechos y deberes parlamentarios “cuando, concedida por la Cámara la autorización objeto de un suplicatorio y firme el Auto de procesamiento, se hallaren en situación de prisión preventiva y mientras dure ésta».

Fiscalía Anticorrupción

La Fiscalía Anticorrupción ha trasladado al Tribunal Supremo que aunque ve riesgo de fuga en el exministro José Luis Ábalos no considera pertinente reclamar su ingreso en prisión provisional toda vez que es diputado del Congreso, mientras que las acusaciones populares lideradas por el PP sí han solicitado que se envíe al extitular de Transportes a la cárcel o que se le imponga una fianza de 650.000 euros tras el último informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que revela «ingresos irregulares».

La decisión de Ábalos supone un cambio de estrategia respecto a la línea de defensa seguida hasta ahora, rechazando así dar explicación alguna sobre los «ingresos irregulares» de origen desconocido que han aflorado con las pesquisas.

Según las fuentes consultadas, el exministro ha señalado que se siente indefenso al considerar que en realidad no contaba con asistencia letrada, ya que el lunes intentó renunciar a su abogado, José Aníbal Álvarez, alegando que tenían «diferencias irreconducibles». El instructor, Leopoldo Puente, no se lo permitió apreciando un «fraude de ley» y le impuso venir a la cita de este miércoles con su letrado habitual y, si así lo considera, hacer después el cambio.

«Esto no es el Congreso»

En este punto, Ábalos ha intentado explicarse pero el magistrado le ha interrumpido para recordarle que «esto no es el Congreso» y que si decidía no declarar no era necesario que diese más explicaciones o hiciese alegato alguno.

Con todo, en su breve intervención, el exministro ha defendido ante el magistrado que fraude de ley sería que renunciase a su acta de diputado para que la causa quedase en manos del magistrado de la Audiencia Nacional que investiga otra de las derivadas del 'caso Koldo'.

Una vez que el extitular de Transportes ha trasladado su decisión de no declarar, se ha celebrado la vista de medidas cautelares. En ese momento, al igual que el pasado junio, cuando se celebró otra vista idéntica en la que solo las acusaciones populares reclamaron el ingreso en prisión del exministro, la Fiscalía ha pedido que se mantengan las medidas cautelares vigentes: la prohibición de salida del país, retirada del pasaporte y firmas quincenales en sede judicial.

Según las fuentes consultadas, todas las acusaciones populares a excepción de ADADE han pedido al instructor que envíe a Ábalos a prisión provisional, pero a una cárcel que no sea Soto del Real, donde se encuentra recluido el ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán. No obstante, han señalado que, en caso de no acordarse el ingreso en prisión, se reclame una fianza de 650.000 euros al exministro socialista.

Las mismas fuentes han precisado que el Ministerio Público, por su parte, ha defendido que, aunque se han reforzado los indicios contra Ábalos, no han variado las circunstancias que determinan la idoneidad o no de su ingreso en prisión provisional. En la misma línea, ha apuntado que sí aprecia riesgo de fuga pero no el suficiente como para enviarle a la cárcel por el arraigo que supone que sea diputado del Congreso.

En la misma vista, la defensa de Ábalos se ha opuesto a la petición de las acusaciones populares, alegando que se trata de una reclamación que a su juicio tiene una finalidad «política».

Hasta ahora, esta medida restrictiva de libertad solo ha prosperado con Cerdán, que se encuentra en prisión provisional desde el pasado 30 de junio por su presunto «papel principal» en la trama de amaño de obras.