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Un ticket de turno de voto por correo

Un ticket de turno de voto por correoEuropa Press

Cómo votar por correo en las elecciones de Aragón 2026: requisitos y plazos

Es fundamental recordar que este trámite es personal e intransferible, salvo en casos de enfermedad acreditada mediante certificado médico oficial

Si prevés que el próximo domingo 8 de febrero no podrás acudir a tu colegio electoral en Aragón, ya sea por trabajo, viaje o enfermedad, el plazo para gestionar el voto por correo se encuentra actualmente abierto y a pleno rendimiento. El primer paso imprescindible es realizar la solicitud oficial, un trámite que puede completarse hasta el jueves 29 de enero.

Para ello, existen dos vías igual de válidas: la telemática, a través de la web de Correos, que exige identificarse mediante DNI electrónico o certificado digital; o la presencial, acudiendo personalmente a cualquier oficina postal y presentando el DNI, pasaporte o carnet de conducir originales para que el funcionario verifique tu identidad al momento.

Es fundamental recordar que este trámite es personal e intransferible, salvo en casos de enfermedad acreditada mediante certificado médico oficial, única excepción que permite autorizar a otra persona ante notario.

Una vez formalizada la petición, la Oficina del Censo Electoral procesará tus datos y, a partir del 19 de enero, comenzará a enviar la documentación necesaria a la dirección que hayas indicado en la solicitud (que no tiene por qué ser tu domicilio habitual, sino donde vayas a estar esos días). El cartero te entregará el sobre en mano mediante correo certificado, por lo que es obligatorio que estés tú para firmar la recepción mostrando tu identificación.

Si no te encuentras en casa tras dos intentos, te dejarán un aviso en el buzón para que pases a recoger el «kit electoral» a tu oficina de Correos más cercana, un paquete que incluye las papeletas de todos los partidos, los sobres de votación, el certificado de inscripción en el censo y un sobre dirigido a la mesa electoral.

Ejercer el voto

Con la documentación en tu poder, llega el momento de ejercer el voto. Deberás introducir la papeleta de tu elección en el sobre de votación y meter este, junto con el certificado del censo (nunca la papeleta suelta), dentro del sobre grande dirigido a la mesa. Este sobre cerrado debes llevarlo a cualquier oficina de Correos para enviarlo por correo certificado y urgente, un envío que es totalmente gratuito para el votante.

La fecha límite para depositar tu voto es el jueves 5 de febrero, aunque en ocasiones la Junta Electoral Central suele ampliar este plazo hasta el viernes anterior a los comicios si hay mucha saturación.

Finalmente, ten en cuenta que, una vez que la administración acepte tu solicitud de voto por correo, serás borrado de la lista de votantes presenciales de tu mesa, por lo que ya no podrás votar en la urna el domingo 8 de febrero bajo ninguna circunstancia, incluso si te arrepientes o finalmente no envías el sobre.

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