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Dolores Delgado y García OrtizEuropa Press

Polémica sentencia

El TC desautoriza al Supremo para salvar la «singular política de nombramientos discrecionales» de Dolores Delgado y García Ortiz

La Corte de Garantías ha avalado, en una sentencia propuesta por el magistrado Ramón Sáez, que sea el titular del Ministerio Público el que, en cada caso concreto, tenga poder ilimitado para valorar «lo que deba entenderse por mérito y capacidad» de los candidatos

No ha habido consenso en el seno del Tribunal Constitucional en lo relativo a la sentencia con la que, el Pleno de la Corte, a propuesta del magistrado ponente Ramón Sáez, ha salvado el doble nombramiento de la ex fiscal Dolores Delgado a su compañero Eduardo Esteban Rincón, para la plaza de fiscal jefe de Sala del área de Menores, que fue anulado en sendas ocasiones por la Sala Tercera del Supremo. Una nueva corrección de la Corte de Garantías al más Alto Tribunal de nuestro país, en el que la primera vuelve a «exceder el canon de enjuiciamiento que le corresponde», de acuerdo con sus funciones naturales para el mero control de constitucionalidad, tal y como denuncia un contundente voto particular emitido por cuatro magistrados discrepantes.

De acuerdo con el fallo emitido por el TC en el asunto de referencia, a partir de ahora, el fiscal general del Estado disfrutará de un poder casi omnímodo –esto es, ilimitado– para determinar en «cada caso concreto» qué «debe entenderse por mérito y capacidad de los candidatos» que se postulen a ocupar plazas vacantes en el seno de la Institución.

O, lo que es lo mismo, con esta polémica decisión, el órgano que dirige Cándido Conde-Pumpido, quien se abstuvo en el caso, ha blanqueado los 'dedazos' impuestos por los dos últimos titulares del Ministerio Público: Dolores Delgado y Álvaro García Ortiz, ampliamente criticados por su afán para colonizar la Carrera con asociados de la Unión Progresista de Fiscales (UPF), en un ejercicio de contorsionismo «estadísticamente inverosímil» con los integrantes de la citada asociación a la que, por cierto, ambos pertenecieron antes de ocupar la primera línea «política».

No en vano, desde la llegada de la ex ministra de Justicia al frente de la Fiscalía, ascienden a un total de 23 el número de miembros de la entidad izquierdista que se han situado entre los 38 puestos que conforman la cúpula del escalafón en la Junta de Fiscales de Sala, el 'generalato' de la Carrera.

Tal y como afea el voto particular discrepante emitido por los magistrados Concepción Espejel, Enrique Arnaldo, José María Macías y Ricardo Enríquez, al que ha tenido acceso El Debate en primicia, la decisión mayoritaria viene a dar luz verde a que las designaciones discrecionales dentro del Ministerio Fiscal, recurran a todo tipo de «subterfugios» para justificar «a toda costa» la selección de un determinado fiscal«, alterando unilateralmente las »reglas del juego" en los cargos de responsabilidad.

Lejos de contribuir en acotar los principios de «transparencia y motivación» que deberían regir el juicio del fiscal general del Estado en las selección de los aspirantes a los puestos de promoción interna, el Constitucional ha consolidado la tendencia por la cual, en los últimos años, se han empleado «meros criterios subjetivos de afinidad, ideología, sintonía, perfil o modelo de fiscal», tal y como denuncian los magistrados que han votado en contra de la resolución.

«La sentencia de la que se discrepa», denuncian, «apunta a una supuesta habilitación legal abierta para que la administración (en este caso, el Ministerio de Justicia o la Fiscalía General del Estado) concrete los principios de mérito y capacidad para la provisión de la plaza» a voluntad. Lo que, en suma, genera »un trato desigual entre los peticionarios« de los puestos a cubrir que »reuniendo« los requisitos de excelencia y especialización »son preteridos con argumentos no expresamente previstos en la ley". Una arbitrariedad manifiesta que, previsiblemente, terminará en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo.

Así las cosas, se «provocará, sin duda, un efecto desalentador en el control jurisdiccional de los nombramientos discrecionales por parte del Gobierno y de las administraciones públicas» lo que «supondrá, en consecuencia, un lamentable retroceso en la lucha contra las inmunidades del poder público» que, desde ahora, y como denuncian cuatro de los seis magistrados que intervinieron en la deliberación »es un poco más ilimitado".