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El ministro Ángel Víctor Torres, en su escañoEFE

El Gobierno crea un comisariado político para dar el visto bueno a los vocales que formen parte de fundaciones privadas

El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática prevé aprobar una norma sobre fundaciones en la que una comisión dependiente de esta cartera decidirá quién entra y quién no

El Gobierno prevé aprobar próximamente en Consejo de Ministros un proyecto de real decreto que regula el llamado Consejo Superior de Fundaciones.

Se trata de «un órgano de carácter consultivo, adscrito al Ministerio competente en materia de política territorial, e integrado por personas representantes de la Administración General del Estado, de las comunidades autónomas y de las fundaciones», según señala el texto de la norma a la que ha accedido El Debate.

Este se encargará, entre otros cometidos, del «desempeño de las funciones consultivas y de asesoramiento que tiene encomendadas, de forma que permita que la acción pública y las decisiones administrativas se formulen de manera más informada, objetiva y con una visión más amplia de las necesidades del sector. Es decir, que se institucionalice como foro de coordinación y encuentro entre la Administración y el sector fundacional que permita dar respuesta a los problemas y retos que enfrenta», señala el preámbulo de la norma.

La creación de este Consejo ya estaba prevista en una ley del año 2002. Sin embargo, «transcurridos más de veinte años desde su creación, el Consejo Superior de Fundaciones no se ha constituido», reconoce el texto de la norma.

Por ello y porque «no existe información oficial que permita conocer la realidad del conjunto del sector fundacional en nuestro país», y dado que las fundaciones «cubren necesidades que las Administraciones Públicas o el mercado no lo gran atender» se hace necesario «impulsar sin dilación la actividad del Consejo Superior de Fundaciones», continúa el preámbulo.

La norma introduce algunos cambios respecto al decreto del año 2005 que regulaba su estructura, composición y funciones. E introduce, como novedad, una polémica disposición adicional. Esta establece la creación de la «Comisión de Selección de los vocales del Consejo Superior de Fundaciones en representación de las fundaciones».

Dicha comisión, dependiente del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática –cuyo titular es Ángel Víctor Torres– «tiene como fin realizar la evaluación propuesta de nombramiento de las vocalías del Consejo Superior de Fundaciones en representación de las fundaciones», dice la norma. La comisión tendrá como presidente al titular de la Secretaría General de Coordinación Territorial –dependiente del ministerio de Torres– y estará encargada de valorar quién puede ser o no representante de las fundaciones.

«No tiene ningún sentido que un comisariado político tenga poder de veto sobre los representantes que sean propuestos por las fundaciones; esto no existía hasta el momento y es evidente que el Gobierno lo que pretende es controlar el Consejo Superior de Fundaciones vigilando quién entra. No menos relevante es saber por qué se regula ahora una institución que se prevé en una norma de hace 20 años: la única explicación posible es establecer un Consejo que se dedique a controlar; pensemos, por ejemplo, en las implicaciones que esto tiene en el mundo educativo que tiene cientos de fundaciones en España, sin ir más lejos en el ámbito universitario», señala un experto en Derecho Administrativo.

Madrid pide representación para todas las comunidades

Por otro lado, el Pleno del Consejo Superior de Fundaciones estará compuesto por diez personas en representación de la Administración General del Estado; diez en representación de las comunidades autónomas y otras diez en representación de las fundaciones.

La Comunidad de Madrid pidió que el número de representantes se eleve a 17, pero no la petición no fue oída por el Gobierno.

El Consejo de Estado, en su dictamen sobre la norma al que también ha accedido El Debate, defendió la decisión del Ejecutivo al considerar que «la elevación del número de representantes autonómicos a diecisiete supondría introducir un desequilibrio con los representantes estatales y, en su caso, obligaría a elevar el número de estos para evitarlo complicando innecesariamente la organización y funcionamiento del Consejo Superior de Fundaciones».

«Es evidente que el Gobierno, cuando deja el número de representantes autonómicos en diez lo que pretende es dejar fuera, al menos, a siete comunidades autónomas lo que unido a que no le favorece la distribución del poder político en las comunidades, se puede entender como una forma de cercenar la opinión de los gobiernos autonómicos en el Consejo Superior de Fundaciones», añade el experto consultado.