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Verja de Gibraltar, escenario del cisma en la Policía Nacional por los controles a los ciudadanos del PeñónMarcos Moreno | Europa Press

Eliminar la Verja, libre circulación de militares británicos y sin discutir la soberanía: las claves del acuerdo de Gibraltar

España ha optado por ponerse de perfil en el nuevo encaje de Gibraltar tras el Brexit. El acuerdo de 606 páginas y 336 artículos –avanzado por El Confidencial y al que ha tenido acceso El Debate– deberá ser ratificado por el Parlamento Europeo y no pasará por el Congreso de los Diputados. Entre sus principales novedades, España y el Reino Unido se comprometen a eliminar la Verja, y el texto, bajo el membrete del Consejo de la Unión Europea, no entra a discutir la cuestión histórica de la soberanía de Gibraltar, territorio que, tal y como estableció las Naciones Unidas en los años 60, es una colonia.

En el Tratado de Utrech de 1713 –que legalmente hoy sigue vigente– España cede «a la Corona de la Gran Bretaña la plena y entera propiedad de la ciudad y castillo de Gibraltar, juntamente con su puerto, defensas y fortalezas que le pertenecen». «Para evitar cualquiera abusos y fraudes en la introducción de las mercaderías, quiere el Rey Católico, y supone que así se ha de entender, que la dicha propiedad se ceda a la Gran Bretaña sin jurisdicción alguna territorial y sin comunicación alguna abierta con el país circunvecino por parte de tierra (...) Y su Majestad Británica, a instancia del Rey Católico consiente y conviene en que no se permita por motivo alguno que judíos ni moros habiten ni tengan domicilio en la dicha ciudad de Gibraltar», dice también este texto del siglo XVIII.

No obstante, el acuerdo entre la UE y Reino Unido dictamina que lo establecido en el acuerdo no debe «perjudicar» ni «afectar» las «respectivas posiciones legales de Reino Unido y el Reino de España respecto a la soberanía y la jurisdicción», y que no «constituirá las bases para ninguna aserción o negación de soberanía».

Igualmente, el artículo 7 establece la eliminación definitiva de la Verja, ya que indica que «todas las barreras físicas deberán ser quitadas de acuerdo a la implementación del plan» recogido en el acuerdo. En términos prácticos, eso significa que el control de entrada al espacio Schengen no se realizaría en la Verja, sino que el paso terrestre se transforma en un punto de tránsito interno bajo un régimen cooperativo de doble verificación, por un lado las autoridades británicas, y por otro las españoles.

Además, el aeropuerto y el puerto de Gibraltar pasan a gestionarse bajo un modelo conjunto. De esta forma, se prevé una entidad de responsabilidad compartida entre España y el Reino Unido respecto a Gibraltar. Ello implica un modelo cooperativo con supervisión estructurada y aplicación del Derecho de la UE en los ámbitos pertinentes.

Por su parte, el artículo 38 recoge los militares británicos –y otras fuerzas armadas de países invitados– podrán entrar en Gibraltar sin necesidad de presentar pasaporte o visa, aunque «no tendrán derecho a tener residencia o domiciliarse en el área Schengen».

En clave económica, el acuerdo introduce mecanismos de aproximación en el ámbito de la fiscalidad indirecta sobre bienes. Gibraltar implantará un gravamen indirecto equiparable al IVA, que iniciará en el 15 % desde la entrada en vigor del tratado y culminará su convergencia en un periodo de tres años. Asimismo, se fijan previsiones concretas para el tabaco de acuerdo con la normativa comunitaria. Estas actuaciones pretenden prevenir desequilibrios económicos y fortalecer la igualdad en el conjunto del entorno.

Asimismo, el tratado contempla garantías orientadas a promover un desarrollo equilibrado y equitativo. Con este fin, prevé la puesta en marcha de un instrumento financiero destinado a la formación para el empleo y otras medidas de carácter social para corregir desigualdades de ingresos, el fortalecimiento de la coordinación en materia de Seguridad Social y disposiciones específicas de protección para los trabajadores transfronterizos. En este contexto, España, en principio, desempeñará un papel destacado en la ejecución del Acuerdo, incluida la facultad de impulsar su suspensión, activar cláusulas de salvaguarda o proceder a su rescisión.