Begoña Gómez, durante el acto de presentación de Conpymes.
Tribunales
Begoña Gómez vuelve a enfrentarse al escenario del tribunal del jurado con la oposición de Fiscalía a la instrucción del juez Peinado
No se prevé que la mujer del presidente del Gobierno acuda a la cita judicial, como ya sucediera en otras ocasiones, en la que las partes propondrán las acusaciones preliminares y para lo que será suficiente que se persone su abogado
La causa judicial que desde abril de 2024 persigue al juez Juan Carlos Peinado contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, vive estos días un nuevo capítulo de alta tensión. El magistrado del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid ha decidido unificar todas las piezas de la investigación y tramitar el procedimiento por la vía del tribunal del jurado popular, al entender que existen indicios suficientes de delitos como tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación de caudales públicos apropiación indebida e intrusismo profesional.
Este martes, 1 de abril, Peinado ha citado a Gómez, a su asesora Cristina Álvarez y al empresario Juan Carlos Barrabés para notificarles formalmente esta decisión. Sin embargo, la defensa de la esposa del presidente ya ha presentado un recurso de reforma y subsidiario de apelación en el que carga con dureza contra el auto del instructor: lo califica de «contrario a Derecho», basado en «meras conjeturas» y con «demasiados olvidos» sobre los hechos probados.0
El recurso, firmado por el exministro socialista Antonio Camacho, no se anda con rodeos. «No hay indicios de delito, solo conjeturas no apoyadas en prueba alguna», sostiene la defensa. Según el escrito, el juez Peinado incurre en argumentos «falaces» al vincular a Gómez con la creación y financiación de la cátedra en la Universidad Complutense o con supuestos favores al grupo Barrabés en adjudicaciones públicas. «El empresario no intervino en la creación, financiación, desarrollo ni consolidación de la cátedra, y con su grupo no se suscribió acuerdo de colaboración alguno», replica la letrada.
Segunda convocatoria
No es la primera vez que Peinado intenta llevar el caso Begoña Gómez ante un jurado popular. En septiembre y octubre de 2025 ya lo intentó, separando inicialmente la pieza de malversación (relacionada con el nombramiento de Cristina Álvarez como asesora en La Moncloa) y extendiendo después la vía del jurado al resto de delitos. La Audiencia Provincial de Madrid le tumbó la decisión en febrero de 2026 por «falta de fundamentación» y por no haber realizado «un mínimo esfuerzo argumentativo» para justificar que los hechos encajaran en los delitos que exigen este tipo de enjuiciamiento.10
La sala reprochó al instructor que no definiera con claridad los hechos delictivos atribuidos y que vulnerara la tutela judicial efectiva de los investigados. Pese a ello, Peinado ha insistido. En un nuevo auto de marzo de 2026 ha acumulado todo en una sola causa y ha vuelto a activar los trámites del jurado, citando a las partes en plena Semana Santa. Para la defensa, se trata de una «reiteración» de los mismos defectos ya corregidos por la Audiencia.
El jurado popular, regulado por la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado, está compuesto por nueve ciudadanos elegidos por sorteo, presididos por un magistrado profesional. Decide sobre la culpabilidad o inocencia en delitos graves como malversación o ciertos casos de tráfico de influencias y corrupción cuando se vinculan a caudales públicos. Sus decisiones se toman por mayoría y, en caso de condena, el juez fija la pena. Para muchos observadores judiciales, someter a la esposa del presidente a este escrutinio ciudadano añade un componente de imprevisibilidad y dramatismo político sin precedentes.
La instrucción, que acumula ya casi dos años, parte de una denuncia inicial de Manos Limpias y se ha ampliado con querellas de Vox y Hazte Oír. El núcleo central gira en torno a la actividad de Begoña Gómez como codirectora de la Cátedra de Transformación Social Competitiva en la Universidad Complutense entre 2020 y 2024. El juez sostiene que Gómez se valió de su «prevalente posición» como esposa del presidente para influir en adjudicaciones públicas que beneficiaron a empresas vinculadas a Juan Carlos Barrabés, con quien mantenía una estrecha relación profesional.
El delito clave: el tráfico de influencias
Entre los indicios que maneja Peinado figuran cartas de recomendación firmadas por Gómez a favor de Barrabés, correos institucionales y supuestos favores en contratos con administraciones. A esto se suma la contratación de Cristina Álvarez como asesora en Moncloa desde 2018, que el instructor vincula a un posible delito de malversación por el uso de fondos públicos. También investiga la supuesta apropiación indebida de un software desarrollado en el marco de la cátedra y posibles casos de intrusismo.
La Fiscalía, sin embargo, ha mostrado en varios momentos su escepticismo. En octubre de 2025 pidió el sobreseimiento de parte de los delitos por falta de indicios sólidos de tráfico de influencias o corrupción. La Justicia europea, a través de la Fiscalía Europea, también ha puesto el foco en los negocios vinculados a Gómez, aunque sin avanzar todavía en imputaciones concretas.2
Begoña Gómez ha comparecido en varias ocasiones ante Peinado, aunque en alguna de ellas optó por no declarar o incluso «plantó» al juez, según fuentes judiciales. Su defensa insiste en que toda la causa se sustenta en la condición de «cónyuge del presidente» y no en pruebas concluyentes. «Se la investiga solo por ser quien es», repiten sus abogados.
El recurso presentado esta semana denuncia que el auto de Peinado omite hechos relevantes y construye una narrativa basada en hipótesis. «Todo ello exige un rigor en la fundamentación que aquí brilla por su ausencia», argumenta Camacho. La defensa pide anular la decisión y devolver las actuaciones a la fase de diligencias previas ordinarias, sin los plazos y formalidades del jurado.
Mientras tanto, la instrucción sigue abierta. Peinado prorrogó las diligencias hasta abril de 2026 ante «numerosas» pesquisas pendientes, entre ellas análisis de correos institucionales, información sobre viajes de Gómez y su asesora o documentación sobre subvenciones a la cátedra. La Fiscalía se opuso a alguna de estas prórrogas, al entender que el procedimiento del jurado tiene «substantividad propia» y escapa a los límites temporales habituales.
La negativa de la Audiencia Provincial
El caso Begoña Gómez ha trascendido con creces el ámbito estrictamente judicial. Para unos, representa un ejercicio necesario de control a las élites del poder y una demostración de que nadie está por encima de la ley. Para otros, se trata de una persecución política orquestada contra la familia del presidente, alimentada por denuncias de entidades controvertidas y amplificada por medios y partidos de la oposición.
Lo cierto es que, si finalmente la Audiencia no frena de nuevo al juez Peinado, Begoña Gómez podría convertirse en la primera esposa de un presidente del Gobierno en sentarse ante un jurado popular compuesto por ciudadanos corrientes. Nueve españoles de a pie, sin formación jurídica específica, tendrían en sus manos decidir si existió o no corrupción en el ejercicio de influencias desde La Moncloa o en la gestión de fondos públicos.
El próximo movimiento corresponde a la Audiencia Provincial de Madrid, que ya ha corregido en varias ocasiones al instructor. Mientras, el reloj judicial avanza hacia abril de 2026, fecha límite que el propio Peinado se ha marcado para cerrar la instrucción. Para entonces, el caso habrá cumplido dos años. Dos años en los que la imagen del Gobierno se ha visto salpicada una y otra vez por las pesquisas que rodean a la esposa del presidente.
Sea cual sea el desenlace —archivo, juicio con jurado o nueva rectificación de la Audiencia—, el procedimiento ha puesto sobre la mesa una cuestión de fondo: hasta dónde llega la responsabilidad penal de quienes ocupan posiciones de poder por afinidad y no por cargo, y si el sistema judicial español está preparado para dirimir estos casos con la imparcialidad y el rigor que exige el Estado de Derecho. Por ahora, Begoña Gómez y su defensa mantienen la línea: no hay caso, solo conjeturas. El juez Peinado, por su parte, insiste en que los indicios «no ofrecen duda».