Zapatero reconoce que cobró 90.000 euros al año de Análisis Relevante pero en el Senado dijo 70.000
El ex presidente persigue la nulidad «general»
Zapatero recurre a una defensa legal frecuente en los grandes narcos sin visos de prosperar frente a la cooperación internacional
La 'doctrina EnCrochat' admitida en toda Europa, complica el éxito de los argumentos utilizados para anular la causa en la que está imputado por blanqueo de capitales, pertenencia a organización criminal y falsedad documental, en la Audiencia Nacional
El hackeo de una red de telefonía móvil encriptada que era utilizada por el crimen organizado y que fue desentrañada, en 2020, en un trabajo conjunto de las policías de Francia y Bélgica, con la ayuda de Europol, sienta un precedente complicado para la estrategia de defensa de José Luis Rodríguez Zapatero, en busca de la nulidad «general» de las actuaciones del juez José Luis Calama, instructor en la Audiencia Nacional de la causa en la que ha sido imputado, por blanqueo de capitales, entre otros delitos.
La 'doctrina Encrochat', que toma su nombre de la operación policial que logró acceder a los datos y mensajes de la aplicación y desmantelar la trama delictiva oculta en la misma, juega en contra del ex presidente del Gobierno.
EncroChat ofrecía terminales modificados («EncroPhones») sin GPS, micrófono, ni cámara que, además, borraban los mensajes enviados y recibidos de manera automática. Eran dispositivos comercializados bajo la premisa de la máxima privacidad y usados de forma indiscriminada por grupos delincuenciales hasta que, en la primavera de pandemia, un equipo de investigadores franceses y holandeses logró introducir un software malicioso en los servidores del proveedor, ubicados en Roubaix, lo que les permitió interceptar y descifrar más de 115 millones de mensajes de unos 60.000 usuarios, en tiempo real. Una información que fue compartida, de inmediato, con autoridades de diferentes países, desencadenó miles de detenciones a nivel mundial, así como la incautación de importantes alijos de droga y armamento.
El debate procesal estuvo servido desde el primer momento en que los afectados por la gran redada pusieron en duda la validez de las pruebas interceptadas, para su posterior uso en los juicios a los que tuvieron que enfrentarse, y su colisión con el derecho a la intimidad y el secreto de las comunicaciones. Sin embargo, en España, como en el resto de los países afectados, el Tribunal Supremo avaló el uso de los datos, obtenidos con arreglo a la legislación francesa, y declaró la validez de los mismos para sustentar varias condenas por delitos muy graves como el tráfico de drogas.
A partir de entonces, el criterio europeo compartido, que es el que se sigue en nuestra jurisprudencia, se basa en los principios de reciprocidad y bilateralidad, de tal manera que las evidencias o indicios de un delito serán válidas en el país destino, siempre que se obtuviese de forma lícita en el país de origen que remite las pruebas.
Es decir, pintan bastos en el caso de Zapatero, que alega que el contenido del móvil del accionista principal de Plus Ultra -el empresario venezolano Rodolfo Reyes- que opera en su contra, porque fue obtenido en EE.UU. Hasta la fecha, el abogado del ex presidente del Gobierno ha insistido, a través de diferentes declaraciones y recursos, en que el origen foráneo de la información, localizada por la agencia de inteligencia Homeland Security Investigations, no arroja garantías sobre la cadena de custodia de la información que ha servido para incriminarle. Sin embargo, de acuerdo con la doctrina mayoritaria, si con arreglo al derecho USA las pruebas son válidas, también lo serán aquí.
De hecho, los expertos coinciden en que son constantes los ejemplos en los que el Supremo español ha confirmado el uso de pruebas 'extranjeras' en nuestro país, incluso aunque aquí se exijan más requisitos para la obtención de las mismas. Y, señalan cómo el Alto Tribunal, además, avala el traspaso de información entre cuerpos policiales y su posterior incorporación en el proceso penal, como plena validez, vía comisión rogatoria, incluso posterior.
De ahí que, el pasado 9 de junio, el juez Calama solicitase, de manera formal, a través de un auto vía Eurojust, la cooperación de las autoridades policiales y judiciales de EE.UU., interesando el permiso para usar «como medio de prueba en el proceso penal» que sigue contra Zapatero «la extracción telefónica del dispositivo móvil perteneciente a Rodolfo Reyes», ex propietario de la aerolínea Plus Ultra.