Sofía Puente, hermana del ministro de Transportes Oscar Puente
Tribunales
Hazte Oír se querella por prevaricación contra la hermana del ministro Puente por su instrucción de la Ley de Nietos
La entidad, que ejerce como acusación popular en varias de las causas de corrupción que salpican al Gobierno, ha registrado el escrito judicial contra la ex directora general de seguridad jurídica y fe pública del Ministerio de Justicia
Querella contra Sofía Puente Santiago, ex directora general de seguridad jurídica y fe pública del Ministerio de Justicia y hermana del actual ministro de Transportes Oscar Puente como posible autora de un delito de prevaricación administrativa del artículo 404 del Código Penal, por firmar la instrucción en base a la que el Gobierno ha ampliado las causas de nacionalización previstas en la denominada 'Ley de Nietos', a espaldas del Congreso de los Diputados.
El escrito de Hazte Oír, al que ha tenido acceso El Debate, denuncia cómo pese a que la ley de Memoria Democrática de 2022, en la que ahora se apoya el Gobierno de Pedro Sánchez para justificar la concesión de la nacionalidad a los descendientes de los españoles que salieron de España, por razones de reparación económica -si bien éstas fueron rechazadas durante la tramitación parlamentaria de la norma-, Puente autorizó, «pocos días después» de la aprobación del texto definitivo, la inclusión del nuevo presupuesto «por la sola virtud de su firma».
Una voluntad que la alto cargo manifestó, en contra del «propio contexto normativo de la Ley 20/2022» que es el único que puede «aclarar cualquier eventual duda interpretativa» del espíritu de la misma, recogido en la Exposición de Motivos.
Es decir, la acusación contra la hermana del ministro Óscar Puente se basa en el hecho por el que en su etapa como directora general, presuntamente, alteró una ley aprobada por el legislativo, ampliando los casos para la concesión de la nacionalidad a descendientes de españoles, con independencia de cuáles hubiesen sido los motivos que provocaron su abandono del territorio nacional, mediante una simple instrucción administrativa. Un escenario que se había planteado en el propio debate parlamentario, vía enmiendas, y que fue expresamente rechazado.
«El legislador, ejerciendo la potestad que la Constitución le reserva en materia de adquisición de la nacionalidad, decidió mantener la delimitación causal del exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia, excluyendo conscientemente del ámbito del beneficio a quienes salieron de España por motivos económicos, familiares o de cualquier otra naturaleza distinta de las taxativamente previstas», reza el escrito de Hazte Oír. Lo que significa que sólo a través de una reforma del mismo calado se podían alterar los términos iniciales, pero nunca a través de una 'trampa' por la puerta de atrás.
Por tanto, Puente pudo ordenar la tramitación administrativa de los expedientes de solicitud o esclarecer dudas interpretativas de la propia norma en base a su literalidad, «pero en ningún caso desplazar el presupuesto que el legislador» había establecido, taxativamente, como Hazte Oír sostiene que hizo la entonces directora general de seguridad jurídica y fe pública del Ministerio de Justicia, en la instrucción dada a los funcionarios para que concediesen las nacionalidades. Muchas de las cuales, por tanto, pudieron incurrir en «fraude» legal.
“La Instrucción no interpreta la ley; la reescribe. Y la reescribe mediante un artificio gramatical que es, por sí mismo, expresión cualificada de la conciencia con que se actúa: para sostener la lectura alternativa de la Instrucción necesita romper la sintaxis del precepto, separar lo que el legislador unió y unir lo que el legislador separó.
Esa opción, requerida para llegar al resultado pretendido, acredita el carácter deliberado del apartamiento de la ley”, recoge Hazte Oír en su querella ante la jurisdicción ordinaria, ya que Puente no es aforada.