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El expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero comparece ante la Comisión de Investigación sobre el ‘caso Koldo’, en el Senado, a 2 de marzo de 2026, en Madrid (España). Zapatero ha sido citado por el Partido Popular para dar explicaciones sobre el rescate financiero público a la aerolínea Plus Ultra, por ello el PP ha pedido las declaraciones de IRPF desde que el socialista fue presidente, su declaración de bienes y propiedades, tanto en España como en el extranjero, y copia de las comunicaciones con las autoridades venezolanas por el rescate de la compañía Plus Ultra.

Eduardo Parra / Europa Press
02/3/2026

El expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero ante la Comisión de Investigación sobre el ‘caso Koldo’Europa Press

Piez Separada

La Fiscalía se opone a expulsar a las acusaciones populares de la causa de las joyas como pedía Zapatero

El Ministerio Fiscal considera legitimada la presencia de las entidades civiles que ya estaban personadas en el tronco principal de la instrucción que ha llevado al ex presidente del Gobierno a estar imputado en la Audiencia Nacional

El Ministerio Fiscal apoya la continuidad de las acusaciones populares personadas en la pieza separada de las joyas del ex presidente José Luis Rodríguez Zapatero que se sigue en la Audiencia Nacional. Frente a la intención del veterano socialista de expulsar a las entidades civiles que, por extensión, se han incorporado al procedimiento desde el tronco original de la causa relacionada con una presunta trama de blanqueo transnacional de capitales, la Fiscalía considera que no hay motivos que justifiquen la postura de Zapatero y así se lo ha hecho saber al magistrado José Luis Calama, en un escrito remitido este lunes al que ha tenido acceso El Debate.

«Una cosa es el alcance de actuación de las acusaciones populares en ese estadio procesal y otra cosa diferente considerar no legitimada a la acusación popular en la incipiente fase de instrucción en que nos hallamos», reza el documento de Anticorrupción.

Para quien «el hecho de que haya un eventual perjudicado», en este caso la Agencia Tributaria «si finalmente resultare que nos hallamos ante un delito fiscal y/o contrabando, no empece la actuación en fase instructora de la acusación popular», defiende el fiscal.

Lo contrario, tal y como pretende la defensa del ex presidente del Gobierno, «ccarece de acomodo legislativo y todas las sentencias que refiere no son más que la reiteración de una doctrina que sólo es aplicable bajo las condiciones procedimentales del artículo 782 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal».

Y denuncia el Ministerio Público que «lo que pretende el recurrente es cerrar el paso al ejercicio de la acción popular antes de llegar siquiera a conocer con certeza la calificación jurídica del delito objeto de esta Pieza y menos aún a conocer la posición de Fiscal y acusación particular ante una eventual petición de apertura de Juicio oral». «Se solicita mediante el recurso apartar a la acusación popular de una Pieza por instruir y ello no es procedente, a juicio del Fiscal, por cuanto supondría conculcar el derecho de la acusación popular consagrado constitucionalmente», concluye.

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