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Isabel Durán
Contra el relatoIsabel Durán

Es hora de cambiar cómo viaja el voto del exterior

El circuito lo diseñó la reforma de Zapatero en 2011, la misma etapa en la que los consulados recibieron 161.463 solicitudes de nacionalidad de la ley de memoria histórica. Quince años después, entre la urna consular y la junta electoral española no hay un solo testigo ajeno a la Administración. Los interventores que anuncian PP y Vox se van a quedar cortos: con el censo duplicado, lo urgente es rehacer el trayecto

Act. 11 ago. 2026 - 09:40

Varias personas durante el recuento del voto CERA en Bilbao

Varias personas durante el recuento del voto CERA en BilbaoEuropa Press

Doscientos tres mil sobres cruzaron el Atlántico en julio de 2023 dentro de una valija diplomática. Desde que un funcionario consular precinta la urna en Buenos Aires hasta que una junta electoral española abre esos sobres, cinco días después. Esos sobres no salen de manos del Gobierno. El diseño viene de 2011 y lo introdujo José Luis Rodríguez Zapatero, el presidente de las faraónicas joyas escondidas en la caja fuerte de la oficina que le ponía gratis el Partido Socialista de Pedro Sánchez.

Antes de 2011 no había nada que vigilar en un consulado. El elector inscrito en el censo de residentes ausentes enviaba su voto por correo directamente a la junta electoral competente y la urna consular no existía. El único punto en el que los partidos podían colocar interventores estaba en España, al final del recorrido: el día del escrutinio general la junta se constituye en mesa electoral a las ocho de la mañana con los interventores que designen las candidaturas, y solo entonces su presidente introduce en la urna los sobres llegados del extranjero. El control existía al terminar el viaje, nunca durante.

La urna consular la creó Zapatero con la Ley Orgánica 2/2011, de 28 de enero. Su artículo 75.5 permitió depositar el voto «entre el cuarto y segundo día, ambos inclusive, anteriores al día de la elección», tres días, en las oficinas consulares o en los lugares habilitados al efecto, en urnas «custodiadas por un funcionario consular». El apartado 7 ordenó precintarlas al terminar cada jornada y permitió que los representantes de las candidaturas estuvieran presentes durante esos días. La misma ley impuso el voto rogado.

Conviene analizar lo que hizo Zapatero. Basta con poner todas las fechas juntas. La disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, la de memoria histórica, entró en vigor el 27 de diciembre de 2008. Un año después, según el propio acuerdo del Consejo de Ministros que prorrogó el plazo, las oficinas del Registro Civil Consular habían recibido 161.463 solicitudes de opción a la nacionalidad española de origen, de las cuales 154.327, el 95,5 por ciento, en Iberoamérica y en el consulado de Miami. El acuerdo se publicó en el Boletín Oficial del Estado del 24 de marzo de 2010. Diez meses más tarde, el mismo Gobierno reescribió el artículo 75 de la ley electoral. El presidente que ensanchó el censo exterior con su ley de memoria histórica diseñó el circuito por el que ese censo vota. Los dos hechos están en el Boletín Oficial del Estado. No necesitan adjetivos.

La reforma de 2022 de Sánchez retocó el circuito sin cambiarlo de raíz. Suprimió el voto rogado, amplió el depósito de tres días a seis, asimiló a los representantes de las candidaturas a las funciones de interventores y apoderados de los artículos 76 a 79, hizo públicos el precintado, el recuento y el acta, retrasó el escrutinio general al quinto día y obligó a la Junta Electoral Central a publicar los votos de cada consulado. El efecto se vio enseguida. En 2019 votaron 145.908 residentes ausentes. En 2023 votaron 203.115 y el censo se amplió a 2.288.774 electores CERA, según la tabla oficial de la Junta.

El árbitro electoral fijó el procedimiento en su Instrucción 1/2023, de 30 de marzo: acreditación de los representantes ante la propia Junta hasta siete días antes del inicio del depósito, presencia durante toda la jornada, inspección de los locales de custodia fuera de horario, firma del precinto y reclamaciones que constan en el acta consular. Una orden del Ministerio de Asuntos Exteriores, la AUC/306/2023, de 28 de marzo, firmada por José Manuel Albares, puso el techo: «Podrá limitarse a dos los representantes de cada partido presentes en cada momento». La misma orden permite, cuando el volumen de votos sea muy elevado, desprecintar las urnas ya llenas y hacer el recuento al terminar la jornada, en acto público y con aviso previo a los representantes. En la demarcación de Buenos Aires hay 323.963 electores. Quien no tenga a nadie sentado en esa sala no verá abrirse esas urnas. Dos por partido para todos ellos.

Ahora llega el tramo ciego. Cerrado el plazo, el artículo 75.8 obliga al funcionario consular a levantar un acta con las incidencias y con el número de sobres recibidos por correo y depositados en urna, y ordena remitirlos de inmediato por valija diplomática a la oficina que se constituye en el Ministerio de Asuntos Exteriores, que a su vez los envía con urgencia a las juntas electorales. Ahí no hay presencia posible de nadie. La única garantía de ese trayecto es documental, y está repartida en papeles que existen y que nadie publica: el acta consular, y las actas de remisión y de recepción de los anexos I y II de la orden de Exteriores, que acompañan a los sobres cuando salen de un centro habilitado hacia el consulado.

Podría objetarse que la Administración basta como garantía. Cuesta sostenerlo con este Gobierno. El hombre que fue ministro y secretario de Organización del partido del presidente ha sido condenado por el Tribunal Supremo a veinticuatro años y tres meses de prisión por organización criminal. Su sucesor en el mismo cargo está investigado en la misma causa y pasó por prisión provisional, y le ampara la presunción de inocencia. El hermano del presidente ha sido inhabilitado nueve años por prevaricación. Su esposa camina hacia un juicio ante jurado popular por los delitos de tráfico de influencias y malversación, y también le ampara la presunción de inocencia. A eso se añade lo que cuatro vocales de la Junta Electoral Central escribieron en su voto particular del pasado 16 de julio sobre el modo en que se amplió el censo exterior. El censo de residentes ausentes superó los 2,6 millones de electores el 1 de enero de 2026. Un cuerpo electoral de ese tamaño no puede viajar hasta un ministerio del Gobierno sin testigos que dos representantes por partido en los consulados.

El 28 de julio, en su balance de curso, el presidente del Gobierno pidió una sola cosa: «Cuando llegue el momento, yo lo único que pido es que se asuman los resultados electorales. Nosotros siempre los hemos asumido, a ver si otros se aplican también el mismo cuento». Nadie va a discutírselo. Asumir un resultado exige poder verlo, y el resultado del exterior lleva quince años viajando a oscuras. PP y Vox anuncian ahora que enviarán interventores a Iberoamérica. Harán bien. Pero un puñado de voluntarios sentados seis días en una oficina consular no arregla un circuito diseñado en 2011 para un censo que desde entonces se ha duplicado. Lo que hay que cambiar no es quién mira, que también. Es cómo viaja.

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