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Restricciones al derecho al voto en EuropaL. C. / El Debate

Alemania, Reino Unido o Suecia: cuando la nacionalidad no siempre da derecho al voto exterior

Democracias europeas consolidadas restringen el sufragio a condiciones de residencia en el país

El Gobierno está atacando con dureza al Tribunal Supremo por su decisión de paralizar parcialmente el ejercicio del voto para los nacionalizados a través de la ley de nietos. Los ministros se refieren a la medida cautelar como un ataque a la democracia, con gruesos calificativos como «atropello democrático» o acusaciones de «generar españoles de primera o de segunda». Obvian que democracias europeas consolidadas, y más antiguas que la española, imponen restricciones al ejercicio del voto exterior entre sus nacionales y sus descendientes.

El socialista Josep Borrell, exvicepresidente de la Comisión Europea, recordó esta semana que nacionalidad y derecho al voto «no van juntos» en varios países europeos, y puso el ejemplo alemán. Hay más. En concreto, son Alemania, Dinamarca, Irlanda, Chipre y Malta, para los nacidos en el país, además de Reino Unido, Suecia y Bélgica para los descendientes nacidos fuera.

En Alemania, para votar, sus ciudadanos deben demostrar que han residido en el país al menos tres meses ininterrumpidos después de cumplir los 14 años y dentro de los últimos 25 años. En Dinamarca, la Constitución exige residencia permanente en territorio danés. Quienes se muden al extranjero pierden el voto, salvo que registren oficialmente su intención de regresar en un plazo máximo de dos años.

En Irlanda, el sistema exige residencia habitual en la circunscripción electoral. Al mudarse al extranjero, el derecho se pierde casi de forma inmediata. En Chipre, se pierde el derecho al voto si no se ha residido en el país durante al menos los seis meses inmediatamente anteriores a las elecciones. En Malta, es necesario haber residido en el país durante al menos seis meses dentro de los 18 anteriores a una elección para poder votar. En estos países hay excepciones para personal militar, diplomático, trabajo en empresas del país en el exterior o estudiantes.

Hijos o nietos con nacionalidad

En el resto de países de la Unión Europea, la norma general es que los nacionales que nunca han residido en el país tienen derecho a voto, ya que la mayoría de los Estados vinculan el sufragio activo de las elecciones nacionales a la condición legal de ciudadano (el pasaporte), independientemente de su historial de residencia. Sin embargo, hay matices, en especial para los que nunca han residido en el país, los hijos o nietos de la diáspora.

Reino Unido, cuando todavía formaba parte de la UE, tenía restricciones para los que pasaran más de 15 años fuera del país, pero las retiró en 2022, ya después del Brexit. Sin embargo, sigue excluyendo a quienes nunca han vivido en Reino Unido. Un ciudadano británico nacido en España que nunca haya vivido en Reino Unido no puede votar.

En Suecia, el ciudadano debe haber estado empadronado en el país en algún momento de su vida. Los suecos nacidos en el extranjero que nunca hayan vivido en el país están excluidos del derecho al voto. En Bélgica, los belgas nacidos en el extranjero que nunca han vivido en el país deben firmar una declaración de conservación de la nacionalidad antes de cumplir los 28 o perderán el pasaporte y el derecho a voto.

Circunscripción exterior

En el resto de los países, incluido España, con la adquisición de nacionalidad por descendencia se hereda el derecho a voto sin importar el historial residencial. La inscripción consular basta para integrarse en el censo. Aunque hay diferencias en el sistema electoral.

Francia, Italia, Portugal, Rumanía, Lituania y Croacia cuentan con una circunscripción exterior donde se suman los votos emitidos en el extranjero. Estos seis países tienen escaños reservados para la diáspora, a diferencia de España y el resto de los países, que diluyen sus votos en el resto de las circunscripciones nacionales.

Ley de nietos

La ley de nietos en España ha abierto el debate sobre el derecho al voto de los hijos y nietos de descendientes de españoles nacidos en el extranjero. Borrell no ve incompatible que «la nacionalidad, para los que están ausentes, no siempre se mantenga con derecho a voto». «Hay gente que dice, oiga, ese señor no ha pisado nunca a España, lleva toda la vida fuera, no sabe nada de España, por qué va a tener derecho a votar. Y eso es un argumento que tiene su aquel», respondió en la entrevista en TVE el pasado martes.