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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante un acto político de precampaña

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante un acto político de precampañaEuropa Press

Balance Judicial

Sánchez fracasa en su intento de diluir las causas judiciales que acechan al PSOE con la campaña electoral

Pese al anuncio de convocatoria de generales, los socialistas han sufrido varios reveses tanto en la Audiencia Nacional, como en el Supremo y el propio Constitucional que complican su horizonte legal, tras el 29-N

El plan con el que Pedro Sánchez arrancaba la carrera hacia las elecciones generales del próximo domingo 29 de noviembre, se apoyaba en un triple objetivo: capitalizar la oleada de indignación del desahucio de Maricarmen, que se ha diluido como un azucarillo con el paso de los días y las informaciones que desacreditan a la cúpula socialista en materia inmobiliaria; desdibujar el coste político de la amnistía, tras el aval del Constitucional al borrado de la malversación que permitirá el regreso a España de Carles Puigdemont, sin ser detenido, pese a que el presidente del Gobierno se comprometió a traerle de vuelta para sentarle en el banquillo; y, por último, diluir las causas judiciales que acechan la corrupción del Ejecutivo y del PSOE, incluyendo los efectos de la ley de nietos y la imputación del socialismo por la presunta 'caja B' de Ferraz.

Hasta la fecha, ha fracasado en las tres. En especial en la última de ellas teniendo en cuenta que, desde el pasado 5 de octubre, fecha oficial de la convocatoria de los comicios, tanto los tribunales, cono los diferentes órganos electorales han dictado varias resoluciones desfavorables para el Sánchez y su entorno.

12 de octubre, el Supremo y los 'nietos'

El pasado 12 de octubre, apenas una semana después de que Sánchez confirmase la fecha de elecciones generales, la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Supremo rechazó el recurso de la Abogacía del Estado, contra las medidas cautelarísimas dictadas sobre el censo de la denominada 'ley de nietos', manteniendo la suspensión provisional acordada a instancias de Iustitia Europa y Vox.

El mecanismo, que paraliza los efectos electorales de determinadas inscripciones en lo relativo a cerca de 170.000 nacionalizados españoles, por la vía de los residentes ausentes (CERA), garantiza la transparencia de un procedimiento que está en cuestión a raíz del aumento de registros de extranjeros articulados en base a la instrucción posiblemente ilegal dictada desde el Ministerio de Justicia, a través de Sofía Puente, en 2022.

El Supremo ha priorizado la veracidad y legalidad del censo de cara al 29-N, frente al derecho de sufragio activo de los presuntos afectados, tras reprochar a la Administración que, un mes después del doble auto dictado en septiembre, no hubiera aclarado suficientemente cómo estaba ejecutando las cautelares, ni avanzado en la revisión de expedientes. La decisión judicial fue posible gracias a una mayoría amplísima de los magistrados del Supremo, 5 votos a 1, que han restringido el derecho a voto si los interesados no demuestran cumplir, estrictamente, los requisitos tasados previstos en la Ley de Memoria Democrática.

23 de octubre, ultimátum al Gobierno

Así las cosas, tras la entrada en vigor de la suspensión provisional del voto de los 'nietos', el Supremo requirió a los ministros Félix Bolaños y José Manuel Albares para que, en un plazo máximo de cinco días, antes del 28 de octubre, entreguen la relación nominal de los 163.020 afectados por las cautelarísimas. Y ello tras saber que aún con las parálisis vigente, los consulados han seguido recibiendo material electoral y publicitando el 29-N sin hacer ninguna advertencia al respecto de la situación.

Por ello, en su última resolución, la Sala Tercera ya advertía de multas coercitivas de 1.000 euros o superiores para ambos ministros, a título personal, si no cumplen, y de la posibilidad de deducirles testimonio para exigir su responsabilidad penal por desobediencia. No en vano, el Alto Tribunal considera «incomprensible» la inacción de la Administración. No en vano, según los datos aportados por el propio Gobierno, de los expedientes revisados hasta la fecha, solo un porcentaje muy bajo, del orden de 91 de 31.000 analizados, contaba con la acreditación consular correcta como descendientes de exiliados.

21 de octubre, varapalo al Defensor

El pasado miércoles, el Constitucional (TC) inadmitió el recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, para desactivar las resoluciones con las que la Sala Tercera del Supremo (TS) ha suspendido, de manera cautelar, los efectos electorales –esto es, la posibilidad de votar– de los extranjeros que han obtenido la nacionalidad española gracias a la Instrucción, presuntamente ilegal, con la que el Ejecutivo 'sanchista' amplió los motivos previstos en la denominada ley de nietos.

Según adelantaba El Debate, una mayoría transversal del TC, que aglutinó la posición de los cinco miembros profesionales del Pleno y otros cinco de los magistrados izquierdistas, con su presidente Cándido Conde-Pumpido en cabeza, han dado por bueno el planteamiento del ponente, Enrique Arnaldo, que considera que la petición de Gabilondo ha llegado en un momento muy «prematuro», en una causa todavía abierta (sub iudice), en la que no sólo no se han resuelto todos los trámites pendientes sino que, además, ha iniciado el proceso para recibir las alegaciones directas de los interesados, en próximas fechas.

Pese al anuncio de voto particular discrepante los magistrados Ramón Sáez, que como avanzó El Debate ya había manifestado su voluntad de admitirlo en la reunión previa de la Sección Cuarta de la Sala Segunda; y, Juan Carlos Campo, ex ministro de Justicia en la primera legislatura de Pedro Sánchez, el amplio apoyo a la decisión de los magistrados del Alto Tribunal permitió que la parálisis provisional del censo de extranjeros ausentes (CERA), siga viva de cara a la próximas generales del 29-N.

15 octubre, sanción de la JEC a Sánchez

En paralelo a todas las pugnas judiciales, y aunque estrictamente no se trata de un tribunal, la Junta Electoral Central (JEC) abrió un expediente sancionador contra Sánchez por la rueda de prensa del 6 de octubre en La Moncloa, posterior al Consejo de Ministros en el que se trataron los decretos de vivienda.

El máximo órgano de control y supervisión de los procesos electorales consideró que el contenido de la misma fue vulnerador del deber de neutralidad política de los poderes públicos en periodo electoral (artículo 50.2 de la LOREG), al utilizar recursos institucionales con tono partidista. Y, pese a que en dicha amonestación no se incluyó la declaración institucional del día 5 de octubre (durante anuncio de la convocatoria), porque de acuerdo con lo establecido en nuestro ordenamiento, el periodo electoral empezó, formal y oficialmente, con la publicación del 29-N en el BOE del día 6.

Con esta última sanción, Sánchez ya acumula varios expedientes previos de la JEC (con multas que ascienden hasta los 6.600 euros como resultado de los excesos cometidos en campañas anteriores.

Audiencia Nacional y Anticorrupción

En los últimos días, Fiscalía ha propuesto al juez José Luis Calama, instructor del 'caso Plus Ultra', imputar un nuevo delito de malversación agravada al expresidente José Luis Rodríguez Zapatero por el asunto de las joyas que les fueron incautadas durante el registro de su despacho profesional e inicialmente valoradas en 1,3 millones de euros.

Pese a que todos los esfuerzos de su defensa se han focalizado en que el botín fue un regalo personal de un rey de Arabia ya fallecido y que lo fueron en un año en el que el presunto delito fiscal ya habría prescritos, lo cierto es que ni Anticorrupción, ni el propio magistrados, han encontrado esa versión consistente.

El hecho de que Zapatero «ocultase» de forma «consciente» esa parte de los obsequios recibidos en su etapa como jefe del Ejecutivo, mientras sí incluyó otros en la declaración de bienes notificada a Patrimonio del Estado, al término de su mandato, complica el horizonte procesal del veterano socialista. Tanto que sólo por estos hechos podría estar enfrentándose a penas de prisión de 8 años y de hasta 20 de inhabilitación para el ejercicio de cualquier cargo público.

A todo ello hay que añadir la continuidad de las decisiones que se van sucediendo en los diferentes casos penales, previos a la apertura de la convocatoria electoral y que siguen activos y en proceso.

Entre ellos, por ejemplo, el papel de los no aforados del 'caso mascarillas', pendientes de la apertura de juicio oral en la Audiencia Nacional o las pesquisas contra José Luis Ábalos y Koldo García Izaguirre en la trama de las presuntas 'mordidas' recibidas por la adjudicación amañada de contratos de obra pública de la mano de Santos Cerdán. De hecho, en los últimos días, la empresa constructora Acciona confirmaba al instructor de la causa que había pagado cerca de dos millones de euros a Servinabar, la empresa de la que Cerdán era socio en secreto, por la ejecución de un tramo de una autovía en Logroño (La Rioja).

Por no hablar de todos los detalles que se han ido conociendo en el marco de la guerra sucia socialista, en la subtrama extremeña contra la jueza Beatriz Biedma, así como las diferentes pesquisas de las 'cloacas' que apuntan a la existencia de desfases contables entre las facturas presentadas por el PSOE al Tribunal de Cuentas y los movimientos bancarios que revisa la UCO.

En este último sentido, desde Ferraz solicitaban una prórroga, que ha terminado de ser de 15 días, al juez Santiago Pedraz para entregar los contratos de servicios profesionales suscritos entre 2021 y 2025 con despachos de abogados y empresas de consultoría, ya que las sospechas apuntan a que se pudieron utilizar este tipo de vínculos profesionales para enmascarar los pagos socialistas a la considerada 'fontanera' de las cloacas, la ex militante Leire Díez.

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