Ilustración: ERE

El caso de Chaves y Griñán, la punta del iceberg de un escándalo sin precedentes por sus dimensionesLu Tolstova

Andalucía

El caso ERE se apunta dos condenados más mientras espera la sentencia del Supremo

La Audiencia de Sevilla condena a 18 meses de prisión a dos beneficiarios de la ayuda concedida a la empresa Novomag

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a un año, seis meses y un día de prisión a dos beneficiarios de una ayuda de 420.708 euros otorgada a la empresa Novomag, según informó este martes el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Se trata de la sentencia del cuarto juicio de la macrocausa de los ERE, que se dirigió en exclusiva contra los receptores del dinero público.
La Audiencia de Sevilla condena como cooperadores necesarios de un delito de prevaricación en concurso medial con un delito de malversación de caudales públicos con la atenuante simple de dilaciones indebidas a dos de los cinco acusados en la pieza separada de los ERE abierta por la ayuda de 420.708,47 euros concedida por la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía a la empresa Novomag Manufacturas Metálicas S. L.
La atenuante simple de dilaciones indebidas se les aplica por «el tiempo transcurrido y el carácter complejo de las actuaciones». Ángel Rodríguez de la Borbolla, exalcalde socialista de Cazalla de la Sierra (Sevilla), ya se benefició de una rebaja en su condena debido a esta circunstancia.
Además, los condenados deberán indemnizar conjuntamente a la Administración autonómica con la cantidad de la ayuda que percibió Novomag como responsables subsidiarios de la entidad.
El tribunal, en cambio, absuelve a los otros tres investigados en la misma causa al existir «dudas razonables» de que actuaran «a sabiendas» de la injusticia de la resolución y asignación de los fondos recibidos.

Empresa sin actividad

La Audiencia considera probado que las cinco personas enjuiciadas en esta pieza separada del caso ERE constituyeron el 16 de abril de 2003 la entidad Novomag Manufacturas Metálicas S.L. con un capital social inicial de 3.006 euros, siendo nombrados administradores solidarios los dos condenados, quienes, con anterioridad, habían desempeñado cargos de responsabilidad en la administración de la empresa Industrias Domésticas Inoxidables del Sur S. A. L. (Idisur), que había venido percibiendo subvenciones y ayudas de las administraciones públicas.
Según el tribunal, Novomag se constituyó sólo para percibir fondos públicos de la Junta y abonar las deudas de Idisur, y «no llevó a efecto una actividad productiva» hasta ocho años y medio después de recibir la ayuda del fondo de los ERE, el 23 de septiembre de 2011, coincidiendo con el cobro de un anticipo de 390.202 euros por parte de la Secretaría General de Industria del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Sin solicitud formal de la ayuda

La Audiencia afirma que, sin que presentaran ninguna solicitad formal de una ayuda, los dos condenados, como consejeros delegados de Novomag, mantuvieron reuniones con órganos administrativos de la Junta de Andalucía en la provincia de Cádiz y posteriormente en Sevilla con la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social «con la finalidad de obtener la financiación que precisaban».
Como resultado de estos encuentros, la Dirección General de Trabajo suscribió el 26 de junio de 2003 un convenio de colaboración con el antiguo Instituto de Fomento de Andalucía (IFA) en el que se refiere que Novomag va a realizar inversiones en nueva maquinaria y equipamiento por valor de 1.738.000 euros, así como que contaba con una plantilla de 28 socio-trabajadores y siete empleados fijos.
«No nos ofrece duda que el convenio resulta del todo punto improcedente teniendo en cuenta la normativa administrativa» referida por la Audiencia en la sentencia y las concretas circunstancias que se hacen constar en dicho convenio, según los magistrados, que señalan que «nos encontramos ante una resolución, en el sentido amplio admitido por la jurisprudencia, que podría llegar a integrar los requisitos de una conducta delictiva sobre la que articular la participación de otras personas distintas».

Análisis de los delitos

En relación con el delito de prevaricación, la Sección Primera analiza que «resulta evidente su contradicción con el derecho al no haberse seguido los trámites esenciales del procedimiento y también por su propio contenido, resultando especialmente significativo que, no obstante tener como finalidad principal hacer frente a la deuda contraída por Idisur con la Tesorería de la Seguridad Social, se omite esta referencia en cuanto hubiera hecho todavía más evidente la imposibilidad de la misma».
Respecto al delito de malversación, el tribunal dice que «resulta claro que los fondos asociados a la ayuda no fueron destinados a impulsar la actividad productiva de Novomag», habida cuenta de que desde su constitución, en abril de 2003, no tuvo actividad alguna hasta septiembre de 2011.

Aperitivo de la sentencia del Supremo

De esta forma, el caso ERE se apunta dos condenados más por corrupción mientras espera la sentencia definitiva del Tribunal Supremo sobre la pieza política, prevista para este mes de septiembre. El Alto Tribunal adelantó el pasado 26 de julio el fallo, que ratificaba la resolución de la Audiencia de Sevilla.
La Sección Primera condenó el 19 de noviembre de 2019 a seis años de prisión al expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, entre otros exdirigentes socialistas, por delitos de prevaricación y malversación. La familia de Griñán ya ha presentado una solicitud de indulto a la ministra de Justicia, Pilar Llop.
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