El presidente de la FCF, Joan Soteras, en una imagen de archivo
Tribunales
El ‘partido’ por el amaño de las elecciones en la Federación Catalana de Fútbol se jugará en el Supremo
El TSJC ordena a las partes comparecer en el Tribunal Supremo en un plazo de 15 días
El candidato a la presidencia de la Federación Catalana de Fútbol (FCF), Juanjo Isern, decidió recurrir en casación ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de finales del pasado mayo, en la que se enjuiciaba si el actual presidente de la FCF, Joan Soteras, y su junta directiva podían seguir en sus puestos directivos por haber incurrido en presunta inelegibilidad.
Isern alegó ante el TSJC que el Tribunal Catalán del Deporte (TCE, en sus siglas en catalán) había reconocido en la resolución impugnada de 30 de mayo de 2023 el ejercicio ilegítimo de los cargos de Soteras y su junta directiva, al haber simultaneado durante 16 días, de los 30 concedidos por el TCE, su condición de candidatos con la de directivos de la FCF.
De forma sorprendente, las magistradas del TSJC reconocieron el flagrante incumplimiento estatutario, pero decidieron que no existía infracción porque el día de las votaciones no se daban de forma simultánea las dos condiciones. Una interpretación que cuesta entender en el mundo jurídico, máxime cuando el Tribunal Supremo ya se había pronunciado en casos similares, excluyendo del proceso a quienes incumplieran las normas electorales y estatutarias durante las diversas fases del proceso electoral.
En el auto dictado el 24 de julio, al que ha tenido acceso El Debate, el TSJC tiene por preparado el recurso de casación de Isern contra su sentencia y ordena el emplazamiento de las partes –esto es, Isern, Soteras, la FCF y el TCE– para que comparezcan en el plazo de 15 días ante el Tribunal Supremo.
Requisitos exigentes
Las magistradas del TSJC declaran que Isern ha cumplido todos los exigentes requisitos para poder seguir adelante en este procedimiento. Entre estos, se encuentra acreditar el cumplimiento de los requisitos reglados en orden al plazo, la legitimación y la recurribilidad de la resolución, y también «identificar con precisión las normas o la jurisprudencia que se consideran infringidas».
Además, el TSJC considera que Isern acreditó que la infracción imputada lo es de «normas o jurisprudencia relativas a los actos» y justificó que las infracciones imputadas han sido «relevantes y determinantes de la decisión adoptada en la resolución». En definitiva, el partido de las elecciones en la FCF se seguirá jugando, pero esta vez sale de Cataluña para tener por escenario la sede del Tribunal Supremo en Madrid.