Imagen de archivo de jubilados en un parque.
Las personas que cobran 599 euros cada mes de una pensión de la época de Franco
A fecha 1 de noviembre la Seguridad Social abonó casi 96 millones de euros en concepto de una pensión «de vejez e invalidez» creada en tiempos de Franco. En la Comunidad Valenciana hay 23.388 personas que siguen ingresando mensualmente una pensión instaurada en tiempo del dictador y que está llamada a desaparecer progresivamente, porque ya no se permiten más altas en el sistema SOVI.
El Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) es un antiguo régimen de pensiones creado durante el franquismo, destinado únicamente a quienes cotizaron antes del 1 de enero de 1967 y que no pueden percibir otra ayuda contributiva ordinaria del Gobierno.
Actualmente en la Comunidad Valenciana hay 23.288 personas que ingresaron, a fecha 1 de noviembre, la pensión SOVI, aunque en octubre la cifra era de 25.633. En Castellón hay 3.192 beneficiarios, por los 8.025 de Alicante y los 12.071 de Valencia.
La cuantía está fijada por el Gobierno atendiendo a si el titular combina el SOVI con otra ayuda o no. En el caso de no haber concurrencia se ingresan 599,60 euros mensuales, que en las 14 pagas arroja un resultado anual de 8.394,40 euros. Y Y si hay concurrencia con otra ayuda se abonan 589,10 euros mensuales, que ascienden a 8.149,40 euros anuales.
Ante esta variación se entiende que la cuantía media sea diferente en la región. Atendiendo a los datos de la Seguridad Social, en Valencia el registro medio es de 512,11 por los 518,51 euros de Alicante. Castellón registra la cifra mensual más alta: 525,76 euros.
Pensión SOVI: requisitos
Los beneficiarios actualmente del SOVI tuvieron que cumplir con sus requisitos hasta hace 60 años y hay tres variantes: vejez, invalidez y viudedad. Esta pensión estaba concebida en su momento como una ayuda para personas que no tenían derecho, por ejemplo, a una pensión por jubilación. Es decir, una especie de prestación básica y mínima.
Por ejemplo, para cobrarla por vejez, el solicitante debe tener más de 65 años o más de 60 si presenta una incapacidad permanente y total para su profesión habitual; en el casi de por invalidez, que la incapacidad sea absoluta y permanente y no derivada de un accidente de trabajo, así como tener más de 50 años. La de viudedad dependía d elas circunstancias del causante.
Eso como específicas, porque en requisitos generales está haber cotizado al menos 1.800 días en el SOVI antes del 1 de enero de 1967 y no tener derecho a cobrar otra pensión contributiva ordinaria.
A grades rasgos la única pensión con la que se puede compatibilizar el SOVI es con viudedad, además de algunas ayudas concretas que sean limitadas. Si ya se cobra una pensión de jubilación no se puede ingresar dicha ayuda puesta en marcha en tiempos de Francisco Franco.