La ingeniería social del Gobierno impone sus 16 tipos de familias a golpe de ley
El actual sucesor de Belarra, Pablo Bustinduy, se congratuló en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de que esta nueva ley supondrá «un hito en la política social de nuestro país»
- Familia biparental. Formada por dos personas unidas por matrimonio o pareja de hecho y sus descendientes o menores de edad bajo su tutela.
- Familia monomarental o monoparental. Una de las ocurrencias de Belarra. Aquellas familias formadas por un solo progenitor –con el matiz diferenciador– y sus descendientes.
- Familia joven. Formada por menores de 29 años y sus descendientes.
- Familia LGTBI homomarental y homoparental. Otra vez el Ministerio se ha sacado un nuevo término para definir a aquellas parejas homosexuales y sus descendientes.
- Familia con mayores necesidades de apoyo a la crianza. Se refiere a familias numerosas y demás supuestos establecidos en la legislación vigente.
- Familia múltiple. Aquella que incluye descendientes, adopciones o acogimientos múltiples.
- Familia reconstituida. Formada por miembros que tenían hijos de relaciones anteriores.
- Familia inmigrante. En la que todos sus integrantes proceden de otro país.
- Familia transnacional. En la que alguno de sus integrantes reside fuera del país.
- Familia intercultural. Entre personas de entornos culturales o étnicos diferentes.
- Familia en el exterior. Uno de los miembros tiene la nacionalidad española durante su residencia en otro país.
- Familia retornada. Alguno de sus miembros tiene la nacionalidad tras su retorno a España después de residir en el extranjero, al menos, un año.
- Familia en situación de vulnerabilidad. En donde confluyen factores económicos o sociales en riesgo de exclusión.
- Personas unidas en matrimonio.
- Parejas de hecho.
- Personas solas.
Una ley de familias que no llega