«La prueba del féretro», cuadro de 1881 del artista húngaro Jenő Gyárfás
Picotazos de historia
La cruentación: el macabro método medieval que «hacía sangrar» a los cadáveres para señalar al asesino
Se trata de una fórmula de prueba probatoria utilizada por las tribus germánicas e introducida y mantenida en el derecho centroeuropeo hasta el siglo XIX
Con la manía que tenemos los españoles de juzgarnos siempre más y peor a nosotros mismos, sin molestarnos siquiera en averiguar cómo es el resto del mundo, nos encontramos con afirmaciones tajantes en relación con nuestra historia.
Una vez me encontré con un individuo que afirmaba que España era el país donde más profunda e intensamente se había dado el feudalismo en el mundo. El que no fuera así en los reinos de Castilla y León y que él no tuviera idea de cómo funcionaban las servidumbres y jerarquías en Centroeuropa o en la Europa del Este no afectaba a su afirmación. Sencillamente, no aceptaba argumento alguno que no sustentara lo que decía.
Pues bien, de esos oscuros tiempos de la Edad Media, en los que el mencionado individuo decía que nosotros éramos los más profundos del pozo, hay una fórmula jurídica de verificación de los testimonios (o de inocencia o culpabilidad), un tipo de ordalía o Juicio de Dios que, afortunadamente, poco o nulo predicamento tuvo en la península ibérica. Hoy les hablaré a ustedes de la cruentación.
Un cuerpo en su ataúd comienza a sangrar en presencia del asesino en una ilustración de las leyes de Hamburgo en 1497
El término significa en medicina la extirpación de tejidos desvitalizados, pero en este caso viene del término latino ius cruentationis («derecho de sangrar», en traducción literal) o ius feretri («derecho de féretro»). Se trata de una fórmula de prueba probatoria utilizada por las tribus germánicas e introducida y mantenida en el derecho centroeuropeo hasta el siglo XIX.
La primera referencia documentada de esta práctica la encontramos en el poema Iwein, escrito por el caballero y poeta Hartmann von Aue (1180-1210). Según el texto, el ius cruentationis era una práctica común por parte de los tribunales y asambleas germanas, por la cual el cadáver de una persona asesinada sangraría al ser tocada por su victimario. También encontramos otra referencia directa a esta práctica en el Cantar de los Nibelungos, poema épico escrito en torno al año 1200 d. C.
En 1680, el jurista alemán Peter Müller publicó, mientras ocupaba los cargos de catedrático y rector en la universidad de la ciudad de Jena, un tratado (Dissertatio de Jure Feretris sive cruentationis) donde se describía en detalle el tipo de actuación legal que era y la forma de realizarla.
El cadáver del asesinado debía de ser expuesto al aire libre durante, al menos, cinco horas. El cuerpo estaría situado sobre una mesa o superficie plana y nunca dentro de un ataúd. El cuerpo debería mostrar el torso desnudo de manera que los testigos pudieran comprobar que la coagulación de la sangre ya se había producido.
Tras esta comprobación por parte de los testigos, el acusado era presentado frente al cadáver del asesinado. Allí se realizarían una serie de juramentos rituales, invocándose la ayuda divina para dilucidar la verdad y señalar la culpabilidad o no del acusado. Aquí se invoca el juicio divino, elemento característico en las ordalías.
Bahrprobe y ejecución en la rueda. (Crónica de Diebold Schilling el joven., 1513)
Tras los juramentos, el acusado era invitado a poner su mano sobre el pecho del cadáver. Si, tras esta acción, fluyeran líquidos sanguinolentos por los orificios naturales o por los de las heridas recibidas, se consideraría como testimonio de culpabilidad dado por la propia víctima contra su agresor.
Con el tiempo —a partir del siglo XVIII, con los adelantos e investigaciones científicas fomentados durante la denominada Ilustración—, los médicos se percataron de que los cadáveres podían hacer fluir líquidos, conocidos como «fluido de purga», que tenían una coloración marrón rojiza que fácilmente podía ser confundida con sangre, especialmente para las mentes impresionables o supersticiosas.
No era raro que, si la persona era culpable, confesara espontáneamente al verse frente a la macabra ceremonia, lo que reafirmaba la validez de esta a ojos de la comunidad.
La cruentación, que fue la denominación común que se le dio a esta práctica, empezaría a ser recogida en textos jurídicos a partir del siglo XIII, siendo el primero que lo menciona el Bonum universale de apibus del dominico Tomás de Cantimpré (1201–1270).
Otro texto, conocidísimo —pues fue el manual para la caza de las brujas durante siglos—, fue el Malleus Maleficarum (1487), de los dominicos Heinrich Kramer y Jacob Sprenger. ¡Si querías quemar a la persona correcta no podías salir de casa sin él! Y un tercer texto, de amplia difusión en los países protestantes, fue el Daemonologie del rey Jacobo I Estuardo, publicado en el año 1597.
Desde Inglaterra, la creencia en la cruentación pasó al Nuevo Mundo, instalándose allí firmemente. En 1660 está documentado el caso, celebrado en el estado de Maryland, contra Thomas Martine. Se acusaba a Martine de haber matado a patadas a su criada Catherine Lake.
El acusado, por orden del juez, fue llevado ante el cadáver de la difunta y, tras los juramentos y rituales, se percató de que el cuerpo no sangró por lado alguno. Ante tal contundente testimonio, se declaró al acusado inocente y se dictaminó que la señorita Lake había fallecido de muerte natural. Que hubiera tres testigos de la mortal paliza que el animal dio a la señora se consideró irrelevante. Como verán, el sistema no parecía muy fiable.
La práctica de la cruentación irá desapareciendo lenta y progresivamente. Primero se erradicaría de los tribunales suecos y daneses (1680-1710). Le seguiría Prusia (1750) y el Imperio romano germánico (1768), lo que llevaría a la eliminación de esta forma de testimonio de la práctica totalidad de los principados y estados alemanes.
Los últimos estados donde estuvo vigente y reconocida esta práctica fueron Bulgaria y Rumanía, y hablamos de finales del siglo XIX. Con todo, en regiones remotas no sería extraño encontrar todavía esta creencia durante el pasado siglo.
La cruentación desapareció para bien, pero la tétrica ceremonia quedó impresa en el colectivo social. Es una imagen tremendamente potente. Por ello no tiene nada de extraño que la encontremos recogida en numerosas obras literarias. Incluso aquí, en España. Recuerden la escena de La venganza de Don Mendo en la que se nos muestra a la mora Azofaifa invocando el testimonio de los difuntos (y presentes) Don Pero y Don Nuño: —«¿Es ella culpable? Sí».
Para terminar, me gustaría insistir en algo, y es que en esta piel de toro nuestra nunca tuvimos tiempo para estas necedades. Se legisló con rigor e inteligencia, como prueba todo el corpus jurídico que tenemos desde el Código de Recesvinto o Liber Iudiciorum (y que, traducido al romance, llamamos Fuero Juzgo). Y es que tal vez no estábamos tan adelantados como el resto de Europa.