Fundado en 1910

Hacienda asume que el dinero es del titular de la cuenta que cobraAlex Zea

Lotería de Navidad 2025

Cómo repartir legalmente el premio de la Lotería de Navidad sin problemas fiscales

Para la Agencia Tributaria, este movimiento inocente no se interpreta como un reparto de premios, sino como una donación

Uno de los mayores temores, a menudo desconocido, que acecha a los ganadores de la Lotería de Navidad no es perder el boleto, sino caer en la trampa fiscal de la generosidad mal gestionada. Compartir un décimo es una tradición profundamente arraigada en España, pero cuando la fortuna sonríe con un premio mayor, la alegría puede transformarse en una pesadilla tributaria si no se siguen los pasos correctos ante la entidad bancaria.

El error más común y costoso consiste en que una sola persona, generalmente el portador del décimo, cobre la totalidad del premio en su cuenta y posteriormente distribuya las partes correspondientes a amigos o familiares mediante transferencias bancarias o Bizum.

Para la Agencia Tributaria, este movimiento inocente no se interpreta como un reparto de premios, sino como una donación. Esto significa que el dinero sufriría una «doble imposición»: primero, se descuenta el 20 % del gravamen especial de loterías (aplicable a la parte que excede los 40.000 euros) y segundo, al transferirlo a los otros participantes, estos deberían pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Hacienda asume que el dinero es del titular de la cuenta que cobra, y cualquier salida hacia terceros es un regalo que debe tributar.

Pasos a seguir

La única forma legal de evitar este segundo impuesto y blindar el premio es acreditar la copropiedad del décimo en el momento exacto del cobro, nunca después. Para ello, es imprescindible que todos los participantes acudan físicamente a la entidad financiera colaboradora con el décimo premiado.

Una vez allí, se debe identificar a cada ganador con su DNI y especificar qué porcentaje del billete corresponde a cada uno. De esta forma, el banco, actuando como retenedor de Hacienda, aplicará el impuesto del 20 % al total del premio y, acto seguido, ingresará la parte neta proporcional directamente en la cuenta de cada titular.

Si no fuera posible que todos acudan al banco, el representante que vaya a cobrar debe llevar consigo los documentos de identidad de todos los partícipes y notificar al gestor bancario que el premio es compartido antes de que se realice el abono. Al hacerlo así, el dinero llega a cada bolsillo «limpio» de cargas fiscales adicionales, figurando ante la administración como un premio de lotería individual y no como una donación.