Cuando nos retiran el carnet estamos obligados a devolverlo físicamente

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Delito

Turismo de autoescuela: la trampa legal que permite seguir conduciendo aunque la DGT te quite el carnet

Miles de conductores a los que la DGT ha retirado el carnet por pérdida de puntos o por un delito han seguido al volante gracias a esta argucia legal que ahora combate Bruselas

La Unión Europea trabaja desde hace varios meses en la unificación de criterios en materia de tráfico entre los 27 países miembros. Esta medida se encuadra dentro del plan Vision Zero del organismo, que pretende que no haya un solo fallecido en carretera en territorio de comunitario en 2050, un objetivo muy ambicioso para el que se están dando pasos en la dirección correcta.

La armonización legislativa afecta fundamentalmente a las multas. Por un lado se pretende homogeneizar las sanciones entre los principales países y por otro la creación de un procedimiento para que las multas se puedan cobrar y pagar en cualquier país de la UE, todo ello mediante un sistema de ficheros comunes que permita el intercambio de datos.

Fichero común

En un principio los organismos competentes han dado prioridad a cinco tipos de multas, las relacionadas con excesos de velocidad, alcohol al volante y drogas, semáforos, la utilización del cinturón y el uso del móvil en el coche.

Los carnet de conducir europeos son la clave del problema

Los carnet de conducir europeos son la clave del problema

La UE pretende además que la retirada de puntos e incluso de los carnet de conducir sean comunes en todo el territorio, para acabar así con un delito que se produce en la actualidad y que permite que conductores condenados y a los que se les ha retirado en carnet en firme puedan seguir conduciendo.

Anualmente la DGT retira del orden de los 100.000 carnets a conductores que se han quedado sin saldo de puntos.

Hecha le ley...

El procedimiento para la trampa es relativamente sencillo. Cuando a un ciudadano de UE le retiran el carnet en su país de origen, puede optar por desplazarse a otro país y obtener la licencia allí, lo que le capacitaría para conducir de nuevo.

Lo verdaderamente chocante es que hasta hace unos años el conductor podía ponerse a los mandos de un automóvil no sólo en aquel país, sino también en el suyo propio, donde le habían retirado la licencia.

Antiguamente el truco estaba en disponer del carnet internacional

Antiguamente el truco estaba en disponer del carnet internacional

En el caso de España ha sido una conducta sostenida en el tiempo hasta que en 2019 el Tribunal Supremo zanjó la polémica con una sentencia en la que anulaba esa posibilidad, pues la situación generaría «una semi-inmunidad frente al régimen viario y de conducción vigente en España», explicando que «todo conductor en España queda sometido al sistema de pérdida de puntos respecto de las infracciones perpetradas o que se perpetren en nuestro país».

Sentencia ejemplar

Aunque la sentencia también matiza que «la retirada afecta sólo a conducir en el territorio nacional para el infractor», lo que significa que el infractor puede efectivamente seguir conduciendo fuera de España si obtiene la licencia local.

El Supremo dictaminó esta sentencia como respuesta al caso del piloto de motociclismo Pol Espargaró, que fue sorprendido conduciendo en territorio nacional con un permiso andorrano, lo que finalmente fue considerado como un delito contra la seguridad vial, multando al expiloto con 64.800 euros.

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