
Pistas y caminos de tierra son territorio habitual de controles
Seguridad vial
Las desproporcionadas multas que pone la DGT por circular por pistas y caminos de tierra
En un país en el que los SUV son religión, resulta extraño el 'multón' que te puede caer por sacar una rueda de la carretera y pisar tierra
La popularización de los SUV durante los últimos 15 años ha provocado que muchos conductores se sientan atraídos por ‘salirse’ de las carreteras y circular por pistas y caminos con sus vehículos en busca de la aventura y por simple diversión.
Se trata de una actividad muy habitual que llevada al extremo se convierte en la práctica del todoterreno con vehículos preparados para ello, algo que sólo está permitido en fincas privadas y recintos especialmente diseñados para ello.
Ni todoterrenos ni SUV...
En este caso conviene saber que en España tanto la Ley de Montes de 21 de noviembre de 2003 como la Ley de Vías Pecuarias 23 de marzo de 1995 prohíben a los vehículos a motor circular fuera de las carreteras asfaltadas salvo excepciones contadas.

Este 'inocente' paseo es perfectamente sancionable
Esta normativa regula con toda claridad que cualquier coche, moto o 'quad' que circule por una pista forestal o un camino puede ser sancionado sobre la marcha, tal y como está ocurriendo. En este caso se trata de multas de entre 500 y 3.000 euros en función de los condicionantes de la acción en concreto.
Por el mero hecho de circular se nos aplicaría la escala base de la horquilla, con 500 euros de multa, si además estamos practicando todoterreno, lo que puede afectar a los caminos y deteriorar el entorno podríamos hablar de 3.000 euros, unas sanciones que podrían llegar a ser clasificadas como delito ecológico (30.000 euros) si circulamos en grupo fuera de carretera.
Delito ecológico
De hecho recientemente el Seprona ha sancionado a un grupo de 30 todoterrenos que circulaba por el parque nacional de Doñana.

La Guardia Civil ha denunciado a una treintena de todoterreno en Doñana
En este caso y pese a que la normativa nacional lo prohíbe, conviene consultar la legislación de cada comunidad autónoma, pues algunas son relativamente permisivas con esta actividad.
En cualquier circunstancia hay que tener en cuenta que existen ciertas excepciones que nos permiten circular fuera del asfalto.
Cuándo se puede circular
Por ejemplo si usamos los caminos para acceder a una finca o a un terreno de labranza podemos hacerlo, del mismo modo que los municipios pueden dar autorizaciones puntuales para que los conductores circulen por campo en situaciones excepcionales.
Hay que tener en cuenta que los controles del Servicio de Protección de la Naturaleza, Seprona, en fincas y caminos son cada vez más habituales, por lo que conviene cumplir la legislación y no abandonar nunca las carreteras asfaltadas.