¿Concierto educativo o cheque escolar?
El debate entre concierto educativo y cheque escolar es un debate con armas desiguales
De manera recurrente surge la polémica entre los partidarios del concierto educativo y los del cheque escolar. Ahora el asunto está de nuevo sobre el tapete. Los defensores del cheque escolar reprochan a los partidarios del concierto educativo que este modelo no garantiza la plena libertad de los padres de elegir el centro educativo para sus hijos. Los defensores del concierto argumentan que este modelo es el que mejor se ajusta al marco constitucional y el que mejor puede aplicarse, teniendo en cuenta los condicionantes de la realidad educativa. Intentemos poner razón en este debate.
Dos son las consideraciones preliminares que hay que formular. La primera es que, como cualquier libertad, la libertad de enseñanza es imperfecta. No me puede garantizar a mí y a todos los demás elegir un determinado centro educativo para mis hijos, sencillamente porque sus plazas son inexcusablemente limitadas, no pueden ampliarse indefinidamente. Los enemigos de la libertad de enseñanza aducen precisamente este hecho para negarla: al no poderse aplicarse de modo perfecto, mejor es que no exista. Pero este argumento es falaz. Conduciría a negar el régimen de todas las libertades. Tenemos que admitir que el ejercicio de las libertades siempre tiene limitaciones por la propia naturaleza de las cosas.
La segunda consideración es que el debate entre concierto educativo y cheque escolar es un debate con armas desiguales, por una sencilla razón. El concierto es un modelo probado, existente en muchos países, cuya regulación conocemos, así como sus fortalezas y debilidades. En cambio, el cheque escolar es un modelo, cuya aplicación es desconocida, las experiencias de otros países son muy escasas y con alcance muy limitado. Es muy fácil criticar el concierto educativo, porque sabemos de qué se trata. Es más difícil criticar el cheque escolar, porque no sabemos verdaderamente de qué se trata. Sus partidarios no han presentado hasta ahora en nuestro país una propuesta de regulación que nos clarifique cuáles serían sus perfiles.
La Constitución garantiza la «libertad de enseñanza» pero también el «derecho a la educación». Este es el marco que nos dimos los españoles en aquel fecundo «pacto constitucional» y que debemos preservar como un gran bien común. El «derecho a la educación» implica el derecho a la gratuidad de la enseñanza básica (art. 27.4). Si la libertad de enseñanza se convirtiera únicamente en la posibilidad de que existieran centros docentes distintos de los públicos y de que los padres pudieran decidir escolarizar en ellos a sus hijos, pero con la consecuencia de no poder ejercer el derecho a la gratuidad, estaríamos en presencia de un modelo en el que el ciudadano se vería forzado a optar entre el ejercicio del derecho a la educación como prestación exigible y el de la libertad de enseñanza. Pero la Constitución exige la integración armónica de uno y otro derecho. Y ello plantea el problema de cómo financiar con recursos públicos los puestos escolares tanto de los centros de titularidad pública como los de iniciativa de la sociedad. En este punto radica el centro de la cuestión.
En educación la unidad básica del coste escolar es el aula o grupo de alumnos. Cuesta lo mismo un aula de 25 alumnos que otra de 18. A ello habrá que añadir los costes complementarios generales del centro escolar. Este es el criterio básico en el que se basa el modelo de concierto educativo. Se subvenciona a las familias a través del centro. Y ello garantiza que todos los centros educativos que ofrezcan las enseñanzas con carácter gratuito lo hagan en similares condiciones: tanto los de un aula de 25 alumnos como los de otra de 18. Los centros que ofrecen sus enseñanzas a las familias de modo gratuito establecen el concierto con la Administración Educativa para su financiación y forman la lista de lo que llamamos «centros concertados».
El modelo de cheque escolar presenta muchos interrogantes que deberían aclarar sus partidarios. ¿Cómo se resuelve la financiación de un aula de 18 alumnos frente a otra de 25 alumnos? ¿Los profesores recibirán una menor retribución en los que tengan menos alumnos? ¿Las familias deberán pagar en los centros con menor demanda, sean cualesquiera las causas de ello? ¿Deberá ser igual el cheque para todos? ¿O habrá diversidad de cheques en función de los complejos factores de escolarización? ¿El cheque escolar se podrá aplicar a cualquier tipo de centro, pensemos, por ejemplo, en una escuela de élite en Suiza, o deberá aplicarse solo a los colegios que ofrezcan la enseñanza básica con carácter gratuito?
He estudiado con mucho detenimiento, junto a ilustres juristas, economistas y educadores, todos ellos grandes defensores de la libertad de enseñanza, cómo poder aplicar el modelo de cheque escolar en el marco establecido por la Constitución y sin forzarlo. Créanme: el modelo resultante se parecía demasiado al del concierto, pero con complejidades de gestión de gran magnitud, que podían conducir a su fracaso.
La conclusión es que para los defensores de la libertad de enseñanza esta es una polémica estéril. En lo que había que concentrarse es en la mejora del modelo de conciertos, suprimiendo todas las trabas injustificadas de la actual LOMLOE, hechas por quienes no creen en la libertad de enseñanza, y expandiendo hasta el máximo posible las posibilidades de elección de las familias. Suprimir el concierto es un error, mejorarlo al servicio de la libertad es el camino deseable y razonable.
Eugenio Nasarre es ex secretario general de Educación y expresidente de la Comisión de Educación del Congreso de los Diputados