Cartas al director
Justicia lenta pero impasible
Los acontecimientos judiciales avanzan sin remisión en el entorno del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a pesar de las negaciones y los ataques proferidos desde la cúpula del PSOE. La titular del Juzgado de Instrucción número tres de Badajoz, Beatriz Biedma, emitió anteayer un auto en el que decidió abrir juicio oral contra su hermano, David Sánchez, contra el presidente de la Diputación de Badajoz y secretario general del PSOE de Extremadura, Miguel Ángel Gallardo, y contra otras nueve personas más, entre las que se encuentra el ex-asesor de Moncloa Luis María Carrero Pérez y el diputado de Cultura de la Diputación de Badajoz, Ricardo Cabezas Martín. Les acusa de tráfico de influencias y prevaricación por la contratación del primero de ellos por la institución provincial en un caso que la jueza considera que puede haber indicios de una adjudicación irregular del puesto de trabajo. A partir de hora, será el Juzgado de lo Penal de Badajoz el que continúe con el procedimiento judicial. El juicio oral se abre a instancias de la acusación popular, ya que el Ministerio Fiscal solicitó el sobreseimiento de la causa, pretensión a la que no ha accedido la jueza, al igual que desestimó los recursos presentados por David Sánchez.
La situación es compleja para el presidente de la Diputación de Badajoz, Miguel Ángel Gallardo, quien consiguió in extremis su aforamiento el martes, al acceder al acta de diputado regional en el Parlamento de Extremadura, un hecho que generó mucha polémica, ya que cuatro compañeros del PSOE tuvieron que renunciar para poder protegerse ante la posibilidad de inicio inminente del juicio oral contra él, como se confirmó pocas horas después. Hay que tener poca vergüenza. Las presiones crecen cada vez más y la Fiscalía sigue los postulados del Ministerio de Justicia, liderado por Félix Bolaños. Como bien dice en su auto la titular del Juzgado de Instrucción número tres de Badajoz, «la verdadera prueba es la que se practica en el juicio, con las garantías de publicidad, oralidad, inmediación y contradicción, y conforme a la valoración de la misma habrá de decidirse si se absuelve o condena a los investigados».