Fundado en 1910

26 de abril de 2024

Una jauría de perros callejeros atacó a una turista francesa unos minutos después 
de salir de su hotel

Informe del Poder Judicial

Dar una patada a un perro saldrá más caro que agredir a una mujer con la nueva Ley de Bienestar Animal

El CGPJ advierte de que el anteproyecto «no consigue lo que anuncia» y «provoca confusión»

Tras hacerlo con la ley trans y la ley del ‘solo sí es sí’, dos de las grandes banderas «sociales» izadas por el Gobierno de coalición en sus tres años de legislatura, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) vuelve a marcar en rojo al Ejecutivo los aspectos a mejorar de otro de sus proyectos estrella: el de la ley de bienestar animal.
El órgano de gobierno de los jueces se reunirá este jueves para debatir el informe sobre el anteproyecto legislativo, actualmente en tramitación parlamentaria. Y una vez más, los magistrados volverán a alertar sobre varias cuestiones, entre las que destaca la posible alteración del principio de proporcionalidad de las sanciones. Según la nueva ley, ejemplifican, estará castigado con penas más altas pegar a un perro (entre 3 y 18 meses de cárcel) que a una mujer (entre 6 meses y un año), sin necesidad de lesiones graves en ambos casos.
Concretamente, el CGPJ señala que un supuesto en el que puede quedar afectado el principio de proporcionalidad lo constituye la pena prevista para el maltrato animal cuando concurra la circunstancia agravante de haber cometido los hechos para causar daño a quien sea o haya sido cónyuge del autor.
Así, señala que la pena de prisión prevista en el anteproyecto para este supuesto es superior a la que está actualmente fijada para el delito leve de coacciones, el de amenazas leves, el de lesiones que no precisan tratamiento médico o quirúrgico o el de maltrato de obra en el ámbito de violencia sobre la mujer.
En otro punto, señala que si se compara el delito de lesiones de animales vertebrados que no requieran tratamiento veterinario con el delito leve de lesiones a las personas que no requieran tratamiento medico o quirúrgico, la pena es la misma, es decir, una pena de multa de uno a tres meses.
Pero en el primero de los supuestos se prevé la posibilidad de una pena alternativa de trabajos en beneficio de la comunidad cuya extensión (de 31 a 90 días) determina que el tipo deba ser calificado como un delito menos grave y no como un delito leve como es el caso de las lesiones sin tratamiento médico o quirúrgico en personas.

Similitudes con la ley del 'solo sí es sí'

La propuesta de informe del CGPJ también alerta del efecto contrario en relación a la proporcionalidad de las leyes y señala algo parecido a lo ocurrido con la Ley de garantía integral de la libertad sexual, conocida como Ley del solo sí es sí.
Así, indica que, según la exposición de motivos del anteproyecto remitido por el Gobierno, este pretende acabar mediante el endurecimiento de las penas con lo que describe como «una sensación de impunidad generalizada ante el maltrato animal, con penas poco efectivas ante dichas acciones y carentes de efectos disuasorios».
«El prelegislador señala, en este sentido, que las penas a imponer actualmente suelen ser inferiores a dos años, motivo por el que los condenados no ingresan en prisión al poder ser suspendidas o sustituidas», añade el CGPJ.
La propuesta de informe del CGPJ advierte, sin embargo, de que «el anteproyecto no consigue lo que anuncia como primera y esencial justificación de la reforma», ya que aunque tanto en el caso de las lesiones como en el de la muerte del animal aumentan ligeramente las penas de prisión, en ambos supuestos se sigue manteniendo de modo alternativo la pena de multa.
La ponencia de la vocal Roser Bach advierte, además, del «peligro» que entraña vincular la posible sustitución o suspensión de penas privativas de libertad con la impunidad delictiva, cuando son mecanismos que no actúan de forma automática y que tienen como objetivo conciliar el ius puniendi –la potestad punitiva del Estado– con los principios de reeducación y de reinserción social contemplados por la Constitución Española dentro del catálogo de derechos fundamentales y libertades públicas.
Comentarios
tracking