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25 de abril de 2024

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Oficina del Registro Civil en MadridEuropa Press

Autodeterminación de género

Los funcionarios, sin instrucciones de la ley trans en el Registro Civil: «No hay nada claro»

En algunas oficinas ya están recibiendo llamadas de ciudadanos preguntando sobre la tramitación de los procedimientos del cambio de género

Parece ser los trámites de la Ley para la Igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos LGTBI –más conocida como la ley trans–, aprobada el pasado 16 de febrero, solo los tienen claros el Ministerio de Igualdad. Esta norma, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de forma definitiva en los próximos días, permitirá el cambio de género en el Registro Civil en un máximo de cuatro meses.
El presidente del sector nacional de Justicia de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), Javier Jordán de Urries, ha denunciado que el Gobierno anuncia «reformas a los cuatro vientos que políticamente venden mucho», pero cuando llega la hora de la verdad, los funcionarios se encuentran con que «no poseen instrucciones de carácter técnico» para tramitar los procedimientos.
El día que la ley entre en vigor, cualquier ciudadano que quiera cambiarse de sexo podrá acudir a las oficinas, pero se encontrarán con que los funcionarios no están preparados. No han recibido formación. La realidad, según el presidente, es que «no hay nada claro», ni siquiera el programa informático. Mientras tanto, el Ministerio de Justicia sigue sin proporcionarles información, solo saben «lo que dice el BOE».
En algunos registros ya están recibiendo llamadas de ciudadanos preguntando sobre la tramitación de los procedimientos del cambio de género, pero no tienen respuesta. No pueden contestar porque no saben «absolutamente nada».

Pasó con la Ley de Memoria Democrática

Aunque es una ley nueva, no es la primera vez que esto ocurre. Los funcionarios, según explica Jordán de Urries, se vieron en la misma situación con la Ley de Memoria Democrática, que establece la posibilidad de adquirir la nacionalidad española para los nacidos fuera de España que tuviesen un familiar español y que, como consecuencia de haber sufrido exilio, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española.
Tras la aprobación de la ley, se publicó en el BOE y, dos semanas después, recibieron las instrucciones. Posteriormente, el Ministerio las modificó porque había algunos fallos que «obstaculizaban la tramitación del mismo».

Nueva Ley del Registro Civil

Esta controvertida ley ha entrado en vigor justo en uno de los momentos más «complicados para el Registro Civil», puesto que está inmerso en un proceso de cambio hacia un nuevo modelo. El 30 de abril de 2021 entró en vigor la Ley del Registro Civil, pero aún no conocen el texto.
El presidente de CSIF apunta que «nadie conoce el texto del reglamento». Solo unos pocos registros civiles cuentan ya con el nuevo modelo, pero poseen un programa informático que da fallos y con una instrucción de desarrollo de la ley de 16 páginas. Mientras, «la gran mayoría tiene que aplicar Ley del 57 y el Reglamento del 58».

Procedimiento para el cambio de género

En el momento que la norma se publique en el BOE, esté el funcionario formado o no, la persona trans podrá acudir al Registro Civil e iniciar su conversión. Esta deberá rellenar un formulario y declarar su voluntad para cambiar de sexo. Acto seguido, tendrá que elegir el nuevo nombre.
El trabajador le informará de las consecuencias jurídicas de su acto y le proporcionará información de las medidas de asistencia durante el procedimiento de rectificación registral.
Tras esto, en un plazo de tres meses, el Registro Civil volverá a citar a la persona para ratificar su solicitud y asegurarse de que la solicitud sigue vigente. Un mes más tarde, se aprobará el cambio oficial. Es decir, la persona que quiera hacer el cambio deberá esperar cuatro meses.
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