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02 de mayo de 2024

Irene Montero y Ana Redondo

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Igualdad se niega a enviar a las empresas su plan LGTBI a 15 días de su entrada en vigor

El incumplimiento del proyecto que impuso Irene Montero puede conllevar sanciones de hasta 150.000 euros

La ley trans impuesta por el Ministerio de Igualdad de Irene Montero, que entró en vigor el 2 de marzo de 2023, además de eliminar la realidad del ser humano y dejar en segundo plano a los padres, incluyó nuevas obligaciones para las empresas de más de 50 trabajadores, según el BOE. Para ello, la que fuera ministra mandó implementar un plan LGTBI que a 15 días de que entre en vigor no han recibido.
En este sentido, Adaptalia, la consultora líder en el cumplimiento normativo, legal y tecnológico de ámbito nacional, denuncia mediante una nota de prensa la ausencia de «un marco normativo definido» y la consideración de solicitar datos personales como «infracción muy grave» como la base de la inviabilidad del cumplimiento del plan de igualdad del colectivo LGTBI. Esto tendrá sanciones que pueden alcanzar hasta 150.000 euros.
Asimismo, las empresas se encuentran en una situación de indefensión y desconcierto, ya que carecen del desarrollo del reglamento específico de los llamados 'Planes de Igualdad y no discriminación por razón de orientación sexual, identidad sexual, expresión de género o características sexuales'. Y es que, además de imponerles un programa, la ausencia de directrices claras genera «la imposibilidad de implementarlo». Algo que aumenta el riesgo de recibir sanciones.
A pesar de la insistencia de Igualdad, ahora dirigido por la ministra Ana Redondo, las empresas están condenadas a fallar y pagar, puesto que si no existe un reglamento que defina las áreas de actuación, no podrán elaborar unos documentos efectivos y no llevarán las medidas a cabo, por lo que serán sancionadas.
Según explica Jorge Torres, director general del Grupo Adaptalia, la falta de un texto legal que defina los pasos a seguir para la elaboración del plan de igualdad LGTBI «imposibilita a las empresas cumplir con su obligación». Por lo que «es esencial», continúa, que se publique el reglamento «de manera inmediata» para que puedan estudiarlo y proceder a su aplicación.

Multas a las que se enfrentan

Por la negativa de Igualdad a facilitar los datos, las empresas se podrían enfrentar a infracciones en materia de igualdad de trato y no discriminación por orientación sexual. Según la controvertida norma publicada en el BOE, estas conductas se clasificarán como leves, graves y muy graves.
En el primer grupo, el departamento de Redondo, consideró leves aquellas conductas con expresiones vejatorias en los servicios públicos o privados. También multará en esta misma categoría a los que no quieran colaborar con la investigación de los servicios de inspección o causen daños a bienes muebles o inmuebles pertenecientes a personas LGTBI. Si alguna de estas acciones se lleva a cabo, la persona será sancionada con una multa de 200 a 2.000 euros.
El segundo bloque del BOE, se hace referencia a las sanciones graves, que castigarán la no retirada de las expresiones vejatorias difundidas por internet; la realización de actos que supongan directa o indirectamente un trato menos favorable a las personas trans, o la negativa u obstrucción a la actividad de los servicios de inspección. Estos serán castigados con una multa de 2.001 a 10.000 euros.
En último paquete de infracciones administrativas, la ley reconoce como «muy graves» –y sancionará con hasta 150.000 eurosal acoso discriminatorio; las represalias que reciba una persona como consecuencia de haber presentado una queja por razón de su orientación de género; la negativa de atender a personas LGTBI; la promoción o práctica de terapias de conversión, o la elaboración o difusión de libros de texto que presentes a las personas como superiores o inferiores.
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