Giorgia Meloni, primer ministro de Italia y líder de Fratelli d'Italia
Un juez de Italia permite la adopción por vientre de alquiler de una pareja gay pese a la ley que la prohíbe
El tribunal de menores de Pesaro ha estimado que, en este caso, la adopción puede llevarse a cabo debido a que el menor nació antes de la promulgación de la nueva norma
El Tribunal de Menores de Pesaro, en el centro de Italia, ha autorizado este jueves la adopción de un niño nacido por vientre de alquiler en Estados Unidos por parte de una pareja homosexual, de la cual uno de los miembros es el progenitor biológico. Esta resolución judicial llega apenas unos meses después de la entrada en vigor de una legislación que tipifica esta práctica como un «delito universal» en el país transalpino.
La ley, impulsada por el Gobierno encabezado por Giorgia Meloni, entró en vigor en noviembre de 2024. Desde entonces, los vientres de alquiler, ya penalizados en Italia desde 2004, se considera un delito también cuando se recurre a ellos en el extranjero. Esta reforma ha endurecido notablemente el marco jurídico, afectando especialmente a ciudadanos italianos que han acudido fuera del país para tener hijos mediante este método en las últimas dos décadas.
No obstante, el tribunal de menores de Pesaro ha estimado que, en este caso, la adopción puede llevarse a cabo debido a que el menor nació antes de la promulgación de la nueva norma. Según la información publicada por el diario local Corriere Adriatico, los jueces sostuvieron que la fecha de nacimiento del niño es anterior a la entrada en vigor de la legislación, un factor determinante en la resolución.
La pareja ya había recurrido a otro vientre de alquiler para tener a su primer hijo. En aquella ocasión, el padre biológico fue reconocido de manera automática, mientras que su pareja tuvo que completar un proceso de adopción tras regresar a Italia.
En este nuevo caso, aunque el procedimiento de adopción se inició en diciembre de 2024, ya con la ley en vigor, el juez fundamentó su decisión en la no retroactividad de la norma, y subrayó que negarse a conceder la adopción podría suponer un perjuicio para el niño. Además, apuntó que esta negativa podría traducirse en una discriminación basada en el estigma hacia una elección procreativa que, si bien está prohibida por el ordenamiento jurídico italiano, fue realizada antes de su aplicación.
El fallo cita una sentencia del Tribunal Constitucional que enfatiza la necesidad de «garantizar la protección necesaria para el menor» y defiende una interpretación del derecho guiada por un «sentimiento de humanidad». El juez concluyó que la situación debía valorarse en función del interés superior del niño, por encima de las circunstancias en que fue concebido.
La abogada de la pareja, Claudia Fabiani, ha afirmado en declaraciones recogidas por medios locales que «el tribunal ha decidido reconocer, desde el punto de vista civil, el derecho pleno del menor a tener una familia y la biparentalidad, aunque los padres sean dos papás».
Curiosamente, esta decisión judicial coincidió en el tiempo con otra resolución relevante en materia de derechos parentales. Ese mismo día, el Tribunal Constitucional de Italia declaró inconstitucional la norma que impedía a las madres no biológicas inscribir como propios a los hijos nacidos mediante reproducción asistida en el extranjero. Este pronunciamiento representa un avance legal significativo en el reconocimiento de las familias formadas por parejas de mujeres.