Una planta de marihuana mientras una persona fuma un porro durante una celebración en Nueva York
El Gobierno aprueba el cannabis medicinal: su uso estará restringido al ámbito hospitalario
Se trata de una norma solicitada por la Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso de los Diputados
Este martes, la ministra de Sanidad, Mónica García, ha comunicado durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros la aprobación del cannabis medicinal mediante real decreto, una norma solicitada por la Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso de los Diputados.
En este sentido, la titular de la cartera de Sanidad ha afirmado que esta regulación va a permitir que cuando los tratamientos convencionales no funcionen exista «una alternativa terapéutica con toda la evidencia científica» para que se pueda recurrir a «preparados de cannabis estandarizados, con la dosis precisa y la máxima garantía».
Para la ministra esta aprobación es una demanda «largamente esperada por el Congreso de los Diputados, por los profesionales y también por los pacientes», ya que «se trata de ofrecer respuesta a un sufrimiento real mediante una alternativa terapéutica que sea eficaz, rigurosa y que tenga la mayor evidencia disponible».
Esta norma, solicitada por la Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso de los Diputados, se aprueba en «situaciones muy concretas», en los que este abanico terapéutico se amplía, como puede ser en casos de pacientes que puedan tener dolor crónico, pacientes que puedan tener espasticidad o algunos casos de epilepsia o también personas que sufren náuseas y vómitos posteriores a la quimioterapia. No obstante, la ministra considera que «en un futuro» estas indicaciones se irán ampliando según la evidencia científica.
García buscaba por todos los medios sacar esta medida adelante. Es por ello que este martes ha explicado que el cannabis es una sustancia sujeta a fiscalización internacional. Sin embargo, la evidencia científica avalada por organismos internacionales ha demostrado «beneficios en algunas condiciones clínicas concretas, como la espasticidad asociada a la esclerosis múltiple, ciertas formas graves de epilepsia refractaria, las náuseas y vómitos derivados de la quimioterapia y el dolor crónico refractario».
En estos supuestos, el Ministerio indica que los medicamentos autorizados pueden resultar insuficientes y las fórmulas magistrales elaboradas a partir de preparados estandarizados de cannabis constituyen «una alternativa con potencial valor terapéutico, siempre bajo estricta supervisión médica y farmacéutica».
Vigilancia clínica de estos preparados
El real decreto no establece, sin embargo, un listado cerrado de indicaciones. En su lugar, determina que los usos clínicos autorizados, junto con las condiciones específicas de elaboración, dosificación y prescripción, se fijarán en las monografías que publique en un plazo de tres meses la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) en el Formulario Nacional.
«Este modelo permite una actualización continua en función de los avances científicos y la evidencia clínica disponible, abriendo la puerta a que en el futuro puedan incorporarse nuevas indicaciones, siempre bajo criterios rigurosos de eficacia, seguridad y necesidad médica», apunta Sanidad.
Las fórmulas deberán ser prescritas exclusivamente por médicos especialistas en el ámbito hospitalario, cuando existan razones clínicas documentadas para su uso. Su elaboración se realizará únicamente en servicios de farmacia hospitalaria autorizados, siguiendo las Normas de Correcta Elaboración y los criterios técnicos definidos en el Formulario Nacional.