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El consejero permanente y presidente de la Sección Primera, Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón, y la nueva presidenta del Consejo de Estado, Carmen Calvo, durante el acto de toma de posesión de Carmen Calvo como nueva presidenta del Consejo de Estado, en el Palacio de los Consejos, a 6 de marzo de 2024, en Madrid (España). La exvicepresidenta del primer Ejecutivo de Sánchez sustituye a Magdalena Valerio, que será cesada tras anular el Supremo su designación ‘’por estimar que no cumple el requisito de contar con acreditado prestigio como jurista. Para tomar posesión del cargo, Carmen Calvo ha tenido que renunciar a su acta en el Congreso.

Eduardo Parra / Europa Press
06 MARZO 2024;PRESIDENTA;CONSEJO;ESTADO;POSESIÓN;CARGO;POLÍTICA
06/3/2024

El consejero permanente, Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón, y la presidenta del Consejo de Estado, Carmen CalvoEuropa Press

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Herrero de Miñón, padre de la Constitución, se aparta de la causa provida y apoya el aborto como derecho constitucional

  • El consejero permanente del Consejo de Estado, mayor órgano consultivo del Gobierno, emite un dictamen en el que se muestra a favor de reconocer el aborto en la Carta Magna aunque con reservas

  • Su texto fue sustituido por otro, firmado por María Luisa Carcedo que se votará el próximo 26 de enero y que no toca una sola coma del texto propuesto por el Ejecutivo de Sánchez

miguel Herrero y Rodríguez de Miñón, de 85 años, que fue en representación de UCD uno de los siete padres de la Constitución de 1978, está a favor de constitucionalizar el aborto. En el dictamen del Consejo de Estado, del que Herrero es consejero permanente desde 2009, realizado a petición del Ejecutivo de Sánchez y al que ha tenido acceso en exclusiva El Debate, se muestra partidario de la modificación de la Carta Magna a través de la modificación del artículo 43, que reconoce el derecho a la protección de la salud.

Herrero concluye en el texto que el artículo 43 puede ser modificado para constitucionalizar la obligación que tienen los poderes públicos, encargados de dar garantías a las mujeres para la interrupción voluntaria del embarazo en igualdad y respetando lo previsto en las leyes.

Su dictamen, aún estando a favor de incluir el aborto en la Constitución, fue rechazado por el Consejo de Estado que preside Carmen Calvo para cambiarlo por uno que siendo muy parejo al de Herrero es más concluyente en su posicionamiento contra el derecho a la vida.

También añade, sin embargo, que el cambio constitucional debe tener en cuenta que el aborto debería ser una alternativa y no un fin en sí mismo, por lo que pide al Gobierno que redacte el nuevo texto constitucional de la manera más neutra posible para que pueda equilibrarse el derecho de la mujer con el respeto a la vida antes de nacer. Por lo tanto, propone una redacción alternativa a la del Gobierno.

La versión del Gobierno es esta: «Se reconoce el derecho de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo. El ejercicio de este derecho, en todo caso, será garantizado por los poderes públicos asegurando su prestación en condiciones de igualdad efectiva, así como la protección de los derechos fundamentales de las mujeres». Así se desprende del texto que el Gobierno, con firma del ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, remitió al órgano consultivo, y al que también ha accedido este diario.

En cambio, la de Herrero cambia ligeramente aunque sigue incluyendo la interrupción voluntaria del embarazo como precepto constitucional. La redacción alternativa del padre de la Constitución pide medidas de apoyo y protección a la maternidad por parte de los poderes públicos que, además, serán garantes de dar las prestaciones necesarias en caso de aborto. Pese a las reservas, el derecho al aborto queda consagrado.

Herrero, reemplazado por la exministra de Sanidad

Aún así, el texto de Herrero de Miñón no salió adelante en la Comisión Permanente –encargada de preparar el Pleno del Consejo– y por eso, se sustituyó a Herrero como ponente. En su lugar, se nombró a María Luisa Carcedo, extitular de Sanidad de Sánchez y también colocada por este en el Consejo de Estado como lo hizo con su presidenta, Carmen Calvo.

Carcedo es presidenta de la Sección Novena, en la que se despachan los asuntos del Ministerio de Sanidad, Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Igualdad y del Ministerio de Juventud e Infancia. La de Herrero, presidente de la Sección Primera, despacha los asuntos procedentes de Presidencia del Gobierno y de los ministerios de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática; Ministerio de Política Territorial; y secretaría de Estado de Función Pública; así como los asuntos relativos a conflictos en defensa de la autonomía local. Cabe recordar que este tema lo remitió Bolaños desde Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

El texto de Carcedo, al que también ha accedido en exclusiva El Debate, no propone ninguna redacción alternativa y señala que no hay ningún obstáculo jurídico en la reforma constitucional que plantea el Gobierno.

Reforma por el artículo 15 y no el 43

Donde sí coinciden los dictámenes es en la necesidad de reformar el artículo 15 de la Constitución («Todos tienen derecho a la vida…») y no el 43. El argumento del Gobierno para modificar este último es el siguiente: «La interrupción voluntaria del embarazo se configura, además de como una libertad fundamental, como un derecho constitucional de carácter prestacional, estrechamente vinculado al derecho a la protección de la salud y al derecho a la vida y a la integridad física y moral, así como a la dignidad de la persona y al libre desarrollo de la personalidad. Su reconocimiento en el artículo 43 CE, reforzado por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, impone a los poderes públicos el deber de garantizar su ejercicio en condiciones sanitarias adecuadas, asegurando la igualdad efectiva, sin que puedan desconocer ni suprimir esta facultad. Así, el aborto seguro y legal no solo se ampara en el marco constitucional, sino que se erige como una exigencia derivada del respeto a los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Española», dice el anteproyecto del Gobierno.

Haciendo el cambio en este artículo la Constitución se modificaría por procedimiento de reforma ordinario –artículo 167, es decir, que el proyecto de reforma constitucional debe ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras– al tratarse de un principio rector de la política social y económica y no de un derecho fundamental.

Si en cambio se hace por el 15, habría que disolver inmediatamente la Cortes y convocar elecciones –artículo 168, es decir, procedimiento de reforma agravado– porque se está tocando un derecho fundamental. Así las cosas, pese a que lo pone de manifiesto, se termina avalando la modificación del 43.

La diferencia es que mientras Herrero propone una redacción alternativa, Carcedo se limita a decir a este respecto que el Consejo de Estado no ve ningún obstáculo para sacar adelante la reforma una vez puesta de manifiesto las opciones abiertas la constituyente. El texto de Carcedo se votará el próximo 26 de enero. Está por ver si Herrero usa su dictamen como voto particular.

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