Un joven con un smartphone en la mano
La CNMC pone fecha al fin de los SMS falsos: los mensajes que suplanten a tu banco podrán ser bloqueados desde 2026
La CNMC ha actualizado la circular que regula el registro de alias, un mecanismo destinado a comprobar la autenticidad de los nombres o marcas que figuran como remitentes en los mensajes SMS, MMS o RCS dirigidos a números españoles
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha actualizado la circular que regula el registro de alias, un mecanismo destinado a comprobar la autenticidad de los nombres o marcas que figuran como remitentes en los mensajes SMS, MMS o RCS dirigidos a números españoles.
Según el organismo que preside Cani Fernández, esta medida busca recuperar la confianza de los usuarios en las comunicaciones electrónicas por mensajería y reforzar su protección frente a fraudes de suplantación de identidad. Este tipo de engaños, cada vez más habituales, consisten en utilizar alias como el nombre de un banco, una empresa o una entidad reconocida para hacer creer al destinatario que el mensaje procede de una fuente legítima, informa Ep.
La modificación introduce cambios en distintos aspectos del sistema. Uno de ellos es la mayor claridad sobre la representación de los titulares de alias, ya que la circular precisa que estos podrán actuar ante el registro tanto de forma directa como mediante representantes autorizados.
En este punto, se contempla expresamente que el titular de un alias pueda designar a un representante a través de una carta de autorización firmada conforme al modelo previsto. Dicho representante deberá disponer de un certificado digital válido en España y asumirá la responsabilidad sobre la veracidad y vigencia de la autorización, así como sobre las gestiones realizadas en el Registro de alias en nombre del titular.
En relación con el procedimiento de inscripción y la carga masiva de alias, la CNMC ha introducido ajustes para facilitar su funcionamiento. La carga masiva pasará a estar disponible de manera permanente, aunque sujeta a un volumen mínimo de titulares o registros. Además, se actualizan y aclaran los datos necesarios para identificar a los representantes, tanto cuando actúen por cuenta del titular como cuando lo hagan en nombre de terceros.
La reforma también concreta las obligaciones relativas al envío de información estadística sobre el bloqueo de mensajes con alias. En concreto, precisa los plazos anuales para remitir estos datos y establece un régimen específico para el primer periodo de aplicación de la obligación de bloqueo, que irá desde su entrada en vigor efectiva, conforme a la orden ministerial correspondiente, hasta el 31 de diciembre de 2026.
Otro de los cambios consiste en la eliminación de disposiciones transitorias que ya habían quedado superadas tras el despliegue del sistema. La regulación de la carga masiva se incorpora de forma definitiva al articulado y se crea un entorno de pruebas permanente, abierto al conjunto del sector y a nuevos operadores, con el objetivo de facilitar la adaptación y evolución de los sistemas.
Estas medidas se enmarcan en la Orden TDF/149/2025, de 12 de febrero, que recoge actuaciones para combatir las estafas realizadas mediante llamadas o mensajes fraudulentos, así como en su modificación posterior, introducida por la Orden TDF/558/2026, de 4 de junio, que retrasa la fecha en la que comenzará a aplicarse la obligación de bloqueo de alias.
El registro de alias
El registro de alias, gestionado por la CNMC, incluirá todos los identificadores alfanuméricos —formados por letras, números, combinaciones de ambos u otros caracteres— que puedan emplearse como remitente en mensajes enviados a números españoles.
Este sistema permitirá identificar y gestionar los alias utilizados en servicios de mensajería, con el fin de reforzar la seguridad de las comunicaciones y combatir el fraude mediante el bloqueo de aquellos casos en los que se detecte un uso indebido.
A partir del 15 de septiembre de 2026, estarán plenamente vigentes las obligaciones de bloqueo de mensajes enviados con alias que no estén registrados o que, aunque figuren inscritos, no procedan de proveedores autorizados en el Registro de alias.
Además, la CNMC pondrá en marcha en su página web un portal público para consultar qué alias están registrados y quién es su titular. Esta herramienta pretende aumentar la transparencia y reforzar la confianza de los usuarios en las comunicaciones electrónicas.