Fundado en 1910

25 de abril de 2024

Imagen de archivo en un aerogenerador de Greenalia

Imagen de archivo en un aerogenerador de GreenaliaGreenalia

La Justicia tumba los permisos para construir un parque eólico en Galicia

El TSXG considera «clara» la existencia de un hábitat ecológico que «con certeza» se va a ver afectado por las obras

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha acogido la medida precautoria consistente en la suspensión de los permisos para construir el parque eólico Monte Toural, por parte de Greenalia, en los ayuntamientos de Coristanco y Santa Comba (La Coruña).
En concreto, la justicia acoge la suspensión de la desestimación del recurso contra la resolución de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales por la que se otorgan las autorizaciones administrativas previas y de construcción al parque eólico.
La sala asegura que «concurren las circunstancias que justifican la adopción de la medida precautoria solicitada» porque es «clara» la existencia de un hábitat ecológico que «con certeza» se va a ver afectado por las obras.
Además, subraya que ese hábitat está reconocido en el Inventario de Humedais de Galicia y en el Catálogo de Paisajes de Galicia, en el área de especial protección paisajística, así como que las especies amenazadas o en peligro de extinción aparecen catalogadas.
«Ninguno de estos extremos relativos a la singularidad y catalogación de espacios y especies fue discutido», indican los magistrados, quienes recalcan que se ha acreditado «un riesgo de daño irreparable derivado de la ejecución de las obras que permite la autorización».

Protección del medio ambiente

En esta línea, la sala entiende que, en la ponderación de intereses en conflicto, la protección del medio ambiente ha de ser, en este caso, prevalente.
En cuanto a la alegación de Greenalia respecto a que la medida le produciría efectos perjudiciales, pues afirma que ha previsto una inversión de más de 12 millones de euros, el TSXG destaca que en caso de que la autorización recurrida resulte conforme a derecho «no se van a perder».
«Y desde luego la interesada ningún alegato hace en ese sentido, ni de pérdida de oportunidad por la suspensión cautelar, porque el único que le deparará como pérdida, a lo sumo, será un comienzo retardado de las obras», argumenta. El tribunal ha acordado la suspensión del acto sin necesidad de prestación de caución y contra esta resolución cabe interponer recurso.
Hace un mes, el TSXG rechazó dos recursos interpuestos por la Xunta y la compañía energética Greenalia contra las decisiones dictadas en septiembre y octubre para paralizar cautelarmente los proyectos eólicos de 'Campelo', también entre Coristanco y Santa Comba, y 'Bustelo', entre Coristanco y Carballo.
Comentarios
tracking