
Aerogeneradores en un parque eólico en Fuendejalón, provincia de Zaragoza
El Gobierno propone desmantelar aerogeneradores que maten especies amenazadas
De forma general, cuando se detecte una muerte por colisión de una especie amenazada, el promotor deberá detener cautelarmente el aerogenerador, notificarlo a las autoridades y analizar las causas
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) ha presentado un borrador de Real Decreto que contempla la parada definitiva y el desmantelamiento rápido de aerogeneradores que hayan causado al menos tres colisiones en cinco años con aves incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (Lespre) y que estén en peligro de extinción o sean vulnerables.
Este borrador, actualmente en consulta pública, establece nuevas medidas para evitar la mortalidad de aves y murciélagos por colisión o electrocución tanto en líneas eléctricas de alta tensión como en parques eólicos. Según el texto, solo será posible reactivar un aerogenerador paralizado si las autoridades competentes lo autorizan de manera «excepcional y expresa» y siempre bajo nuevas condiciones que aseguren la eliminación del riesgo.
De forma general, cuando se detecte una muerte por colisión de una especie amenazada, el promotor deberá detener cautelarmente el aerogenerador, notificarlo a las autoridades y analizar las causas. Si se confirma que el aparato ha estado implicado en colisiones previas con la misma especie, deberá implementar nuevas medidas de mitigación y compensación antes de reanudar su funcionamiento.
Cuando se trata de especies protegidas pero no amenazadas, se permite cierto margen: el promotor realizará un seguimiento anual y aplicará medidas si se superan los umbrales de mortalidad (por ejemplo, tres colisiones anuales en rapaces). Si se supera ese límite, el aerogenerador se considerará peligroso y deberá paralizarse mientras se estudia la situación. Si durante los siguientes cinco años vuelve a superarse el umbral, se ordenará su desmantelamiento, salvo autorización expresa para lo contrario.
Además de regular los aerogeneradores, el decreto prevé la instalación obligatoria de «salvapájaros» en líneas eléctricas de alta tensión con cables desnudos donde se haya registrado alguna colisión. Estos dispositivos deberán colocarse en los cables de tierra o en conductores delgados, cada diez o veinte metros, dependiendo del número de cables.
También se prohíbe el uso de ciertos componentes eléctricos que favorecen la electrocución, como aisladores rígidos, y se restringen las labores de mantenimiento en zonas con nidos de especies del Lespre durante su época de cría, salvo en casos de urgencia.
En cuanto a los parques eólicos de nueva construcción, deberán incluir sistemas automáticos o manuales de parada ante riesgo de colisión. Además, durante las noches de julio a octubre, se exigirá detener las aspas cuando la velocidad del viento sea igual o inferior a seis metros por segundo, con el fin de reducir la mortalidad de murciélagos.
El Miteco creará un sistema nacional de seguimiento de la mortalidad en parques eólicos para recopilar información, en colaboración con las comunidades autónomas.
La Asociación Empresarial Eólica (AEE), sin embargo, ha criticado el borrador por considerarlo excesivamente restrictivo. Aseguran que no hay datos que justifiquen tales medidas y advierten que podría poner en peligro las inversiones en energías renovables y el cumplimiento de los objetivos climáticos de España. La AEE pide una solución equilibrada y propone crear una mesa de diálogo entre todos los sectores implicados.