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Un pequeño macaco japonés abandonado al nacer en el zoológico de la ciudad de Ichikawa, y que desde entonces no se separa de un peluche que se ha convertido en una madre improvisada

El pequeño macaco japonés PunchEFE

El nuevo listado positivo de animales prohibirá tener primates y especies invasoras como mascotas en España

Los listados están contemplados en la ley de bienestar animal, aunque su desarrollo llega con retraso respecto a los plazos previstos inicialmente

tres años después de la entrada en vigor de la polémica ley de bienestar animal, el listado positivo de animales y el de especies domésticas se somete a audiencia e información pública, fase previa para su aprobación definitiva. Este reglamento era necesario para regular ese apartado que figura en la norma y que pretende hacer una clasificación de qué animales se pueden tener en casa como mascotas.

El texto apunta a que ni los primates ni las especies exóticas invasoras consideradas preocupantes para la Unión Europea (UE) y sus regiones ultraperiféricas podrán formar parte del futuro listado de animales de compañía en España. Así consta en este proyecto de Real Decreto que desarrollará tanto el listado positivo de animales de compañía como el de especies domésticas, un texto que el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 somete desde este viernes a información pública.

Ambos listados están contemplados en la ley de bienestar animal, aunque su desarrollo llega con retraso respecto a los plazos previstos inicialmente. La norma fijaba un máximo de 24 meses desde su aprobación para contar con el reglamento que definiera qué animales silvestres pueden mantenerse como mascotas. Ahora, el nuevo texto busca concretar ese marco regulador pendiente.

El proyecto detalla el procedimiento para incluir o excluir especies y establece los criterios técnicos que servirán de base para elaborar las listas definitivas. Estas abarcarán distintos grupos animales, como mamíferos, aves, reptiles, anfibios, peces e invertebrados, determinando cuáles podrán convivir en los hogares españoles bajo condiciones legales.

En este sentido, el listado positivo recogerá especies silvestres que puedan mantenerse en cautividad como animales de compañía, siempre que cumplan una serie de requisitos. Entre ellos, destaca la necesidad de que puedan vivir adecuadamente en cautividad y que exista suficiente respaldo científico o bibliográfico sobre su cuidado, alojamiento y reproducción en ese entorno. Este enfoque pretende garantizar tanto el bienestar de los animales como la seguridad de las personas.

No podrán incluirse animales silvestres

Por el contrario, el texto deja claro que no podrán incluirse los primates ni las especies exóticas invasoras reguladas por la normativa europea de 2014, orientada a prevenir y gestionar su introducción y propagación. Asimismo, quedarán excluidas aquellas especies silvestres que no estén presentes de forma natural en España y que estén protegidas por normativa europea o tratados internacionales que prohíban su tenencia.

En paralelo, el Real Decreto también regula el listado de especies domésticas de compañía. En este caso, se exigirá que las especies incluidas procedan de procesos de domesticación. Los animales que formen parte de este listado serán considerados oficialmente como de compañía, y deberán registrarse en los sistemas autonómicos correspondientes cuando exista obligación de identificación individual.

El texto también aclara qué animales no podrán formar parte de este listado doméstico. Quedan fuera los perros, gatos y hurones –ya reconocidos como animales de compañía–, así como las especies destinadas a la producción ganadera, como bovinos, porcinos o aves de corral. Igualmente, no podrán incluirse animales silvestres ni silvestres en cautividad.

La elaboración definitiva de los listados dependerá de los criterios establecidos y del dictamen del Comité Científico y Técnico para la Protección y Derechos de los Animales. Según el Ministerio, esta regulación sigue la línea de otros países europeos que ya han implantado sistemas similares para proteger a los animales y frenar el comercio ilegal de especies exóticas.

Entre los países que cuentan con normativas de este tipo figuran Bélgica, Países Bajos, Luxemburgo, Chipre, Croacia, Noruega, Lituania y Malta. Otros como Francia, Finlandia y Eslovenia trabajan actualmente en el desarrollo de marcos legales similares.

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