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05 de mayo de 2024

Julio Tudela, director del Comité de Bioética de la Universidad Católica de Valencia

Julio Tudela, director del Comité de Bioética de la Universidad Católica de ValenciaUCV

Entrevista

Julio Tudela, experto en bioética: «La investigación biomédica no justifica el exterminio de embriones»

El director del Comité de Bioética de la Universidad Católica de Valencia disecciona los aspectos éticos de la creación de embriones sintéticos a partir de células madre

La creación de embriones sintéticos a partir de células madre para investigar cómo son los 14 primeros días tras la concepción causó revuelo hace dos semanas en el campo de la bioética. Aunque la idea de los artífices es que, a la larga, sus hallazgos tengan una aplicación médica –en el campo de los trasplantes o para evitar abortos indeseados, por ejemplo–, las dudas en torno a la metodología empleada es algo que preocupa a expertos como Julio Tudela. Por ello, el investigador, profesor y director del Observatorio de Bioética de la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir pide cambios legislativos que acoten y protejan a los embriones en todas sus vertientes ante este tipo de investigaciones.
–¿Cómo valora la noticia?
–Aunque ha sido ampliamente difundida en muchos medios de comunicación, la producción de estructuras parecidas a los embriones tanto en animales como en humanos no es nueva, y la trayectoria en este campo es muy amplia.
Generalmente, se trata de utilizar células troncales pluripotentes, vulgarmente llamadas células madre, procedentes a su vez de otros embriones obtenidos de los excedentes de las técnicas de reproducción asistida, que son sacrificados con el fin de cultivar sus células en determinadas condiciones para que prosigan el proceso madurativo hasta la formación de un «embrioide» o embrión incompleto, que no desarrollará determinadas estructuras, pero que puede ser útil para investigar los complejos mecanismos celulares que se producen en las etapas iniciales de la vida. Hablamos en todo caso de los primeros 14 días de vida del embrión.
La novedad que se esconde en las dos investigaciones que hemos conocido la pasada semana, es que se han implementado nuevas técnicas para lograr que estos embrioides sean capaces de desarrollar todas las estructuras embrionarias del individuo, lo que permitiría, si fuera legal porque hoy no lo es, proseguir con su gestación hasta el nacimiento. Pero esto es a nivel teórico, porque las modificaciones introducidas en estos «embriones sintéticos» los hace, a día de hoy, inviables a largo plazo, y este es uno de los objetivos de estas investigaciones, lograr reproducir la génesis embrionaria en el laboratorio tal como se produce tras la fecundación natural. No es posible valorar la noticia, tal como se me pregunta, sin calibrar las aristas bioéticas que la acompañan: estos procesos requieren el sacrificio de múltiples embriones humanos que son descongelados de los bancos donde permaneces criopreservados al ser sobrantes de las técnicas de reproducción asistida. Esta dificultad es bioéticamente insuperable: la investigación biomédica no justifica el exterminio de numerosos embriones humanos, seres humanos en sus estados iniciales de desarrollo, no se olvide, en aras de mejorar el conocimiento sobre la embriogénesis, la implantación, o cualquier otro.
–¿Qué ventajas e inconvenientes aprecia en lo que se ha conseguido?
–Tras lo llamativo de la noticia, se esconde una paradoja difícil de explicar: se destruyen embriones humanos reales, para recomponer parcialmente otras estructuras embrionarias a partir de las células resultantes de dicha destrucción. Parece situarnos ante el desafío de crear nuevos individuos al margen del proceso de reproducción natural, diseñarlos y experimentar con ellos. No puede justificarse todo en aras de la investigación.

La legislación ha de devolver al embrión los derechos que nunca debieron negársele

Otras investigaciones han adoptado caminos distintos para la obtención de estos embrioides, partiendo no de células troncales embrionarias humanas, sino de células adultas reprogramadas, conocidas como células iPS, en las que se modifica su genoma para revertirlas a un estado inmaduro, susceptible de diferenciación en diferentes estructuras. En este caso, no se recurre al sacrificio de embriones humanos como fuente de las células troncales, pero también se pretende la obtención de estructuras semejantes a embriones, que plantean el mismo problema que en el caso anterior: ¿son o no embriones humanos? ¿Cuán parecidos o diferentes deben ser de los auténticos embriones obtenidos por fecundación? ¿Es suficiente afirmar que, dado que no pueden llegar a desarrollarse hasta el nacimiento, no pueden considerarse humanos? Porque muchos embriones humanos no completan su desarrollo hasta el nacimiento, pero no dejan de serlo por eso.
Por lo tanto, tanto en el origen de la investigación, como en el fin que se persigue se plantean graves dificultades éticas que las hacen rechazables. No obstante, la producción de aquellos modelos embrionarios más rudimentarios, por tanto, más alejados de la naturaleza propia de un individuo de la especie humana, y que solo reproducen algunas estructuras embrionarias, podrían considerarse éticamente aceptables cuando no se utilizan para su obtención células troncales procedentes de embriones humanos.
–¿Qué dicta la regulación al respecto? ¿Considera que debería modificarse ante este tipo de proyectos?
–La legislación, muy permisiva con el manejo de embriones humanos para la investigación, condenados a ser destruidos en todo caso, establece límites temporales para el manejo de estos embriones: no más allá de los 14 días, prohibiéndose explícitamente el proseguir con su desarrollo en el laboratorio más allá de este plazo.
Este límite obedece a la creencia errónea, heredada desde finales del siglo pasado, de la existencia de un preembrión, que no sería humano, y que permitiría su manipulación sin connotaciones éticas negativas. Pero la ciencia ha demostrado sobradamente que esto no es así. La identidad biológica del cigoto, primer estadio del embrión tras la fecundación, no es diferente de la del embrión de 14 días ni de la del feto o el neonato. Tienen la misma identidad biológica, son el mismo individuo, pero situado en distintas etapas madurativas, por lo que debe exigirse el mismo respeto que merece su identidad humana en el trato que se les proporcione en cualquiera de estas etapas.
Pero esto no lo protege la ley, sino que discrimina a los seres humanos inmaduros de menos de 14 días para que se investigue con ellos causándoles la muerte, o con fetos de hasta 14 semanas para que puedan ser abortados libremente por sus madres, por ser inmaduros. La ley no protege la vida de los más indefensos, situándose en el extremo opuesto de lo que debe orientar la actividad legislativa: defender primero a los que no pueden defenderse.
Un cambio de paradigma se hace imprescindible, devolviendo al embrión humano los derechos que nunca debieron negársele, y es el derecho a la vida el primero de ellos.
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