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17 de mayo de 2024

El Supremo sentencia que si no se identifica al proveedor para impedir a Hacienda la identificación del mismo el IVA no es deducible

La reforma nace de una directiva comunitaria que debe entrar en vigor en 2025

Impuestos

Los autónomos que facturen menos de esta cifra podrán quedar libres del IVA

Para que los países puedan controlar a los autónomos que se acogen a esta medida, deberán conceder a cada sujeto un número de identificación individual

La obligación para los autónomos de declarar el IVA cada trimestre se acerca a su final. El Ministerio de Hacienda ya se encuentra trabajando con las asociaciones de autónomos para transponer la Directiva Europea 2020/285, que entró en vigor el pasado 18 de febrero de 2020. De hecho, permite eliminar esta obligación para los autónomos que facturen menos de una cantidad al año.
Europa obliga a que los países de la Unión Europea pongan en marcha esta medida de cara al 1 de enero de 2025, aunque es habitual que los Estados, incluido España, se retrasen en la transposición de las normas, asumiendo así las correspondientes sanciones por parte de Bruselas.
En la actualidad, a falta de texto oficial en nuestro país, la normativa europea plantea la opción de que los autónomos con ingresos inferiores a los 85.000 euros puedan elegir entre el régimen general del IVA o acogerse al de franquicia del IVA, una selección que implicaría que no tienen que incluir este impuesto en las facturas que emitan.

Acogerse a la franquicia

Para poder seleccionar la opción de la franquicia, los autónomos no podrán haber superado en el año natural previo a la solicitud los 85.000 euros de volumen de negocio. Aun así, la directiva deja a los Estados que amplíen este periodo a los dos años naturales previos.
Asimismo, una vez que el autónomo decida acogerse a la franquicia del IVA, este no podrá superar en más de un 10% el volumen de negocio, ya que de lo contrario «dejará de aplicarse a partir de ese momento». Por otro lado, el límite de no superar dicha cantidad de facturación para poder beneficiarse de no presentar IVA es el que marca Europa, pero la propia norma da libertad a los Estados para que puedan modificar este umbral o cambiarlo por sectores de actividad.
El Estado será quien desactivará la franquicia a un autónomo en el territorio nacional si el trabajador supera el umbral del volumen de negocio, comunica su intención de dejar de acogerse a dicha opción o cesa su actividad. Para que los países puedan controlar a los autónomos que se acogen a esta medida, deberán conceder a cada sujeto un número de identificación individual.
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