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17 de mayo de 2024

Pedro Sánchez y Andoni Ortuzar, en la firma del acuerdo de investidura

Pedro Sánchez y Andoni Ortuzar, en la firma del acuerdo de investiduraEFE

El Gobierno cuela en el decreto de los subsidios la cesión de los convenios prometida al PNV

Los autonómicos tendrán prioridad en su aplicación sobre los estatales y sectoriales

Jugarreta del Gobierno para intentar encubrir la última cesión a los independentistas. A pesar de no haber informado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el Ejecutivo ha colado en el Real Decreto-ley de la reforma del subsidio por desempleo la prioridad en la aplicación de los convenios autonómicos sobre los estatatles y sectoriales que Sánchez prometió al PNV en el acuerdo de investidura.
Ni uno de los cuatro ministros que acudió a la rueda de prensa dijo ni una palabra sobre el asunto. Fue Aitor Esteban, portavoz de la formación jeltzale en el Congreso, quien desveló la maniobra y, efectivamente, el BOE de este miércoles ya recoge la medida. Según el texto, los convenios autonómicos tendrán prevalencia sobre los sectoriales y estatales, aunque estará «condicionada» a que su aplicación resulte más favorable para los trabajadores que la fijada en los convenios o acuerdos estatales y a que obtenga el respaldo de las mayorías exigidas para constituir la comisión negociadora.
No obstante, se considerarán materias no negociables en el ámbito de una comunidad autónoma el periodo de prueba, las modalidades de contratación, la clasificación profesional, la jornada máxima anual de trabajo, el régimen disciplinario, las normas mínimas en materia de prevención de riesgos laborales y la movilidad geográfica.
Según explica el Gobierno en la exposición de motivos del decreto aprobado ayer por el Consejo de Ministros, se incorpora en el texto una modificación del artículo 84 del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores «al objeto de mejorar la regulación de la negociación colectiva en el ámbito de las comunidades autónomas, asegurando la aplicación de los acuerdos o convenios más favorables para las personas trabajadoras».
El Ejecutivo señala que la reforma de 1994 del Estatuto de los Trabajadores y del texto articulado de la Ley de Procedimiento Laboral y de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social introdujo una importante reforma en materia de estructura convencional con la intención de impulsar el papel de la negociación colectiva en el ámbito autonómico, favoreciendo igualmente la progresión de lo que en aquel momento se denominó los marcos autonómicos de relaciones laborales.
«Se trataba de permitir que dichos convenios de ámbito inferior pudieran afectar a los convenios colectivos de ámbito estatal. La redacción introducida, no obstante, no acertó completamente en el diseño, entre otras cuestiones porque, junto a la negociación colectiva de ámbito autonómico, potenciaba y otorgaba facultades de suscripción de convenios o acuerdos con dichos efectos también en cualquier ámbito superior a la empresa e inferior al estatal», argumenta el Gobierno.
Dicha redacción fue objeto de posterior modificación por el Real Decreto-ley de 2011 de medidas urgentes para la reforma de la negociación colectiva, en la que, si bien se limita al ámbito negocial autonómico la posibilidad de afectar a convenios colectivos estatales, «introduce importantes condicionantes al dejar esta posibilidad al arbitrio de los propios acuerdos o convenio de ámbito estatal», señala el Ejecutivo.
Con la modificación introducida en el marco de la reforma del subsidio por desempleo, el Gobierno «procede a matizar» la regulación actual de modo que, manteniéndose los requisitos de que los acuerdos y convenios autonómicos sean suscritos por los sujetos legalmente legitimados y la eventual limitación de regular algunas materias, «estos acuerdos y convenios suscritos en el ámbito autonómico tendrán prioridad aplicativa sobre cualquier otro convenio sectorial o acuerdo de ámbito estatal, siempre que dichos convenios y acuerdos obtengan el respaldo de las mayorías exigidas para constituir la comisión negociadora en la correspondiente unidad de negociación».
No obstante, añade el Gobierno, «dicha prioridad aplicativa queda condicionada ahora exclusivamente a que la regulación de los convenios o acuerdos autonómicos resulte más favorable para las personas trabajadoras que la fijada en los convenios o acuerdos estatales, de modo que paralelamente se promueva el desarrollo de los ámbitos autonómicos de negociación y los derechos de las personas trabajadoras».
Estos cambios en la prioridad aplicativa de los convenios autonómicos entrarán en vigor mañana, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este miércoles, en tanto que la reforma del subsidio por desempleo lo hará el 1 de junio de 2024.
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