Una persona hace un examen
Derechos
¿Puedo faltar al trabajo por un examen? Los supuestos en los que se tiene derecho a un permiso
El artículo 23.1 del Estatuto de los Trabajadores regula este tipo de circunstancias en las que el trabajador requiere de un permiso
El hecho de trabajar y estudiar simultáneamente es una realidad para muchas personas jóvenes en nuestro país. Asimismo, aunque solo unos pocos se animan a llevar a cabo ambas actividades, es una de las mejores opciones para buscar estabilidad y condiciones laborales favorables. Sin embargo, muchos desconocen las opciones disponibles para aquellos que necesitan realizar un examen durante su horario laboral.
El artículo 23.1 del Estatuto de los Trabajadores, un código normativo que tiene como objetivo regular las relaciones entre los profesionales por cuenta ajena y las empresas, establece el derecho del trabajador a solicitar un permiso para poder acudir a los exámenes.
Al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo y a acceder al trabajo a distancia, si tal es el régimen instaurado en la empresa, y el puesto o funciones son compatibles con esta forma de realización del trabajo, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.A la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional.A la concesión de los permisos oportunos de formación o perfeccionamiento profesional con reserva del puesto de trabajo.La formación necesaria para su adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo. La misma correrá a cargo de la empresa, sin perjuicio de la posibilidad de obtener a tal efecto los créditos destinados a la formación. El tiempo destinado a la formación se considerará en todo caso tiempo de trabajo efectivo.
De hecho, los trabajadores con al menos un año de antigüedad en la empresa tienen derecho a un permiso retribuido de veinte horas anuales de formación profesional para el empleo, que está vinculada directamente a la actividad de la misma (acumulables durante cinco años).
¿Qué ocurre con los exámenes de conducir?
Según el Estatuto de los Trabajadores, concretamente en el artículo 23.1.a, «el empleado tiene derecho a ausentarse de su puesto laboral para acudir a exámenes destinados a la obtención de un título oficial». Por ello, dado que el carné de conducir lo expide la Dirección General de Tráfico (DGT), sí se tiene derecho a un día de permiso para realizarlo.
Aun así, estos permisos solo serán retribuidos en el caso de que estas pruebas conduzcan a una titulación académica, por lo que el examen de conducir no entra dentro de esta categoría. En este caso, la empresa podría descontar del salario el tiempo en el que el examinado se ausenta de su puesto de trabajo, o incluso obligarle a recuperar las horas (solo si el convenio colectivo lo especifica se podrá disfrutar de un permiso retribuido).