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Ilustración María Jesús Montero blanco y negro

Ilustración María Jesús Montero blanco y negroPaula Andrade

El año nuevo trae un nuevo hachazo fiscal para los sueldos por encima de 58.908 euros

El próximo 1 de enero entrará en vigor la llamada «cuota de solidaridad», un nuevo hachazo fiscal a los salarios que superen la base máxima, que el año que viene se situará en los 58.908 euros anuales.

Incluido en la reforma de pensiones de José Luis Escrivá, la cuota de solidaridad es, al igual que el mecanismo de equidad intergeneracional (MEI), un impuesto disfrazado de cotización adicional para intentar garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones a largo plazo a través de tres tramos de rendimiento con tipos progresivos que se aplicará sobre las bases máximas.

El texto establece que, hasta 2050, la base máxima se incrementará de acuerdo con el IPC promedio de los doce meses anteriores a noviembre más una cuantía del 1,2 %. Este incremento de precios se situó en el 2,8 %, que lo que subirán las pensiones contributivas, por lo que la cuota de solidaridad para 2025 será del 4 %, 4.909 euros mensuales o 58.908 anuales.

A partir de esta cantidad, en 2025 se aplicarán diferentes tramos según la retribución:

  • Del 0,92 % para sueldos desde la base máxima hasta un 10 % adicional (de 58.908 a 64.798,8 euros).
  • Del 1 % para sueldos del 10 % adicional hasta el 50 % (de 64.798,8 a 88.362 euros).
  • Del 1,17 % para sueldos a partir del 50 % adicional (de 88.362 euros en adelante).

Al ser un sistema progresivo, los porcentajes se irán aplicando sobre la parte proporcional que se exceda de la base máxima.

Estos porcentajes, además, aumentarán cada año hasta alcanzar un el 5,5 %, 6 % y 7 % para cada tramo en 2045 teniendo en cuenta el consiguiente incremento anual de la base máxima.

No obstante, aunque el real decreto que introduce esta cuota habla de «cotización adicional», lo cierto es que no genera ningún derecho, por lo que lo correcto sería hablar de impuesto sobre la renta y tendrá mayor efecto en la empresa que en el trabajador, ya que la distribución sigue la misma proporción que para el tipo general de cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes (el 83,4 % para la empresa y el 16,6 % para el empleado).

Asimismo no afectará a los autónomos, que ya tienen establecido su propio sistema de cotización en función de los ingresos reales.

MEI

Además, a partir del 1 de enero de 2025 subirá la cotización del mecanismo de equidad intergeneracional (MEI) hasta 0,8 % que se dividirá en un 0,67 % para los empleados y un 0,13 % para los trabajadores sin límite de salario. En el caso de los autónomos, asumirán íntegramente ese porcentaje.

El MEI irá subiendo cada año hasta situarse en el 1,2 % en 2029, repartido entre empresa y trabajador en un 1 % y 0,2 % y los ingresos procedentes de este impuesto irán destinados a engordar la 'hucha de las pensiones'.

Este porcentaje, sin embargo, podría aumentar en caso de que la AIReF considere que los ingresos no garantizan la sostenibilida del sistema. En ese caso, el Gobierno negociará con los agentes sociales el envío de una propuesta a la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los acuerdos del Pacto de Toledo para corregir, de forma equilibrada, el exceso del gasto en pensiones mediante un aumento de las cotizaciones u otra fórmula alternativa de incrementar los ingresos o una reducción del gasto en pensiones en porcentaje del PIB o una combinación de ambas medidas.

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