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Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta

Con este trámite anual el trabajador «ajusta» cuentas con el Estado, al que previamente ha adelantado parte de su nómina en concepto de retención del IRPFCarlos Lujan / Europa Press

Declaración de la Renta 2024 - 2025: las retenciones de sueldo según los nuevos tramos

Con este trámite anual el trabajador «ajusta» cuentas con el Estado, al que previamente ha adelantado parte de su nómina en concepto de retención del IRPF

Arranca un nuevo año y se acerca, de nuevo, el momento de cumplir con el fisco. Entre el 2 de abril y el 30 de junio de 2025 se abrirá el plazo de presentación por internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio de 2025. Posteriormente, entre el 6 de mayo y el 30 de junio se podrá tramitar por teléfono; y finalmente, entre el 2 y el 30 de junio, se podrá hacer de forma presencial.

Con este trámite anual el trabajador «ajusta» cuentas con el Estado, al que previamente ha adelantado parte de su nómina en concepto de retención del IRPF. Un importe estimativo que, en algunos casos, hace que la Agencia Tributaria acabe devolviendo una parte. O, por el contrario, el trabajador tenga que reintegrar una cuantía mayor a la que inicialmente había adelantado.

Es decir, una vez llegado el momento de declarar los ingresos ante la Agencia Tributaria, y en base a la retención del IRPF que se ha aplicado, el resultado puede salir a pagar o a devolver. En el primer caso, el trabajador deberá abonar la parte restante de los impuestos que le corresponden, dado que la retención del IRPF que se le ha aplicado habrá sido inferior a la estipulada.

En el segundo de los casos, la retención del IRPF habrá sido superior a lo que le corresponde al trabajador, por lo que recibirá una determinada cantidad de dinero por parte de la Agencia Tributaria. Cabe recordar que la retención siempre es obligatoria, pero el trabajador puede negociar con la empresa para que suba o baje el porcentaje, lo que interesa especialmente cuando se cambia de trabajo durante el ejercicio.

Como explican desde BBVA, el sueldo (bruto) es uno de los factores que se tienen en cuenta al calcular la retención del IRPF, la cual, en este caso en concreto, se divide en dos partes:

- El porcentaje de retención del IRPF que se realiza a «nivel estatal» (cuya recaudación va a parar a las arcas del Estado).

- El porcentaje de retención del IRPF que se realiza a «nivel autonómico» (cuya recaudación va a parar a las autonomías).

En 2025, la retención del IRPF consta de los siguientes tramos

Desde 0 € a 12.450 €. Tipo estatal: 9,5 %. Tipo autonómico: 9,5 %. Tipo total: 19 %
Desde 12.451 a 20.200 €. Tipo estatal: 12 %. Tipo autonómico: 12 %. Tipo total: 19 %
Desde 20.201 € a 35.200 €. Tipo estatal: 15 % Tipo autonómico: 15 % Tipo total: 30 %
Desde 35.201 € a 60.000 €: Tipo estatal: 18,5 % Tipo autonómico: 18,5 % Tipo total: 37 %
Desde 60.001 € a 300.000 €. Tipo estatal: 22.5 % Tipo autonómico: 22.5 % Tipo total: 45 %
Más de 300.000 €. Tipo estatal: 24,5 % Tipo autonómico: 22.5 % Tipo total: 47 %
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