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Una pareja de personas mayores

El Ministerio de Economía decidió que la devolución del dinero se haría en varios plazos

Buenas noticias para los mutualistas jubilados: la devolución del IRPF ya tiene fecha límite

Para solicitar esta devolución, los afectados tienen que presentar el formulario de solicitud disponible en la sede electrónica de la Agencia Tributaria

Los mutualistas jubilados están a punto de recibir una buena noticia económica. En los próximos días, podrán recuperar una suma importante de dinero gracias a una medida publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 25 de julio de 2025. La iniciativa contempla una devolución automática de hasta 4.000 euros por año —correspondientes al periodo entre 2019 y 2022— para quienes, antes de 1979, cotizaron a una mutualidad laboral obligatoria y actualmente perciben una pensión pública.

Esta devolución surge como consecuencia de una corrección en la interpretación fiscal del IRPF. El Tribunal Supremo ha dado la razón a los pensionistas, ya que durante años Hacienda dejó de aplicarles la reducción fiscal del 25 % en sus pensiones. Esto provocó que pagaran más impuestos de los que realmente les correspondía.

Inicialmente, el Ministerio de Economía había previsto realizar los pagos de forma escalonada hasta 2028. No obstante, una sentencia judicial anuló esa propuesta al considerar que muchos de los beneficiarios de mayor edad podrían fallecer antes de recibir el importe que les corresponde.

La fecha límite

Por este motivo, la Agencia Tributaria ha establecido como fecha límite el 30 de diciembre de 2025 para efectuar las devoluciones correspondientes a los ejercicios fiscales de 2019, 2020, 2021 y 2022.

La medida, incluida en el BOE y aprobada por la Cámara Baja, se incorporó como enmienda a la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. Con ello, queda desbloqueado el proceso para abonar las cantidades durante el ejercicio fiscal de 2025.

Para acceder a esta devolución del IRPF, los beneficiarios deberán presentar el formulario habilitado en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, dentro del apartado 'Mutualistas: solicitudes de devolución'. Será necesario identificarse mediante número de referencia, Cl@ve, certificado electrónico o DNIe, y facilitar tanto un número de cuenta bancaria como un teléfono de contacto.

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