Facturas
Los 25 trucos a seguir antes de que acabe el año para pagar menos impuestos en la declaración de la Renta en 2026
Quedan apenas tres semanas para decir adiós a este 2025, y esto no solo significa celebraciones y regalos, también son los últimos días que muchos contribuyentes utilizan para recortar la deuda que les puede quedar con el fisco. Y es que, pese a que todavía no se conocen todas las propuestas nuevas de deducciones en el IRPF el próximo año, existen muchos cambios que se pueden hacer para que la renta salga a devolver.
Ante esto, el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), órgano especializado en fiscalidad del Consejo General de Economistas de España, ha presentado el informe Planificación de la Renta 2025, donde se recogen las claves de este tributo y se ofrecen 25 recomendaciones con el objetivo de minimizar el coste fiscal del IRPF.
- Plan de pensiones. Quien se haya jubilado en 2025, y piensa rescatar su plan de pensiones, es importante que revise los plazos para aplicar la reducción del 40 % a la parte de la prestación correspondiente a aportaciones anteriores a 2007. Solo podrán aprovecharse de este beneficio fiscal si se rescata en forma de capital durante 2025, 2026 o 2027. Para quien se haya jubilado en 2023, y aún no ha rescatado este plan, deberá hacerlo antes del 31 de diciembre de este año, porque si no perderá el beneficio fiscal.
- Aportaciones a los planes de pensiones. Hay empresas que ofrecen aportaciones a planes de empleo, en este caso es recomendable maximizar el de cada uno antes de fin de año, así como aportar a un plan privado, ya que el límite se incrementará hasta 10.000 euros.
- Los empresarios y profesionales pueden reducir hasta 4.250 euros la base imponible por aportaciones a planes de empleo simplificados –aparte de la reducción de 1.500 euros por aportaciones a planes individuales–.
- Salario en especie. Desde REAF recomiendan negociar antes del 31 de diciembre recibir parte del salario en especie para así reducir la carga fiscal. Algunos ejemplos son a través del cheque guardería, el seguro de salud o los vales de comida y transporte. En el caso del seguro médico es necesario que el tomador del seguro sea la empresa que otorga tal retribución al trabajador.
- Exención por rendimientos del trabajo obtenidos en el extranjero. Permite a quien haya trabajado fuera de España exonerar hasta 60.100 euros de salario si se cumplen los requisitos. Para ello se aconseja comunicar a la empresa que no se retenga por esas cantidades para así evitar comprobaciones futuras de Hacienda.
- Ajustar retenciones. Si durante 2025 se han tenido variaciones importantes de ingresos, es mejor solicitar a la empresa ajustar las retenciones para evitar sustos en la declaración de la renta.
- Alquiler de inmuebles. Los propietarios de pisos en alquiler se pueden deducir todos los gastos directamente relacionados, como la comunidad el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), etc. Para ello es importante tener todas las facturas y justificantes antes de fin de año para facilitar la presentación de su declaración de la renta.
- Zonas tensionadas. Los propietarios que bajen el alquiler en zonas tensionadas o se la arrende a una persona joven se pueden aplicar deducciones mayores que pueden llegar al 90 %.
- Más de un alquiler. Si se tienen varios inmuebles alquilados, se recomienda valorar si compensa tributar como actividad económica en lugar de como rendimientos del capital inmobiliario, ya que, de acuerdo con un reciente pronunciamiento del Tribunal Supremo, basta con contratar a una persona a jornada completa para que se considere actividad económica, sin necesidad de acreditar una carga mínima de trabajo, como tradicionalmente interpretaba la Administración tributaria.
- Tributación en módulos. Si se tributa en módulos hay que revisar el volumen de ingresos y compras de 2024, ya que de no aprobarse antes de 31 de diciembre de 2025 una norma que prorrogue los límites ampliados, en 2026 volverán a aplicarse los límites ordinarios –150.000€ y 75.000€ de ingresos y 150.000€ de compras–. Esto significa que, aunque en 2025 se hayan considerado los límites superiores por el Real Decreto-ley 9/2024, no convalidado, si en 2024 superó las magnitudes ordinarias, quedará automáticamente fuera de módulos en 2026.
- Tributación en regímenes especiales. Si se tributa en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido, la compensación agrícola no se computará como ingreso a efectos de calcular los límites para poder seguir aplicando el régimen de módulos en el IRPF.
- Pérdidas patrimoniales. Si se han tenido ganancias por la venta de elementos patrimoniales –acciones, inmuebles, etc.–, hay que revisar si se tienen pérdidas patrimoniales latentes que puedan compensar esas ganancias. Si es así, se aconseja vender antes del 31 de diciembre el elemento patrimonial con pérdida, reduciendo así la base imponible y, por ende, el impuesto a pagar. De la misma manera, si se tiene una pérdida patrimonial pendiente de compensar de hace cuatro años, puede plantearse transmitir un elemento patrimonial con ganancia antes de 31 de diciembre, para no perder definitivamente esa minusvalía.
- Venta de un elemento patrimonial con beneficio. En este caso se aconseja retrasarla hasta el 1 de enero y, de este modo, diferirá la tributación un año y medio, pues incluirá la ganancia en la declaración de 2026, a presentar entre abril y junio de 2027.
- Venta de vivienda habitual. Si se ha vendido la vivienda habitual, este año se tienen dos años para reinvertir y mantener la exención de la ganancia obtenida.
- Los mayores de 65 años y que hayan vendido cualquier elemento patrimonial distinto a la vivienda habitual, se podrá reinvertir el importe obtenido en la constitución de una renta vitalicia asegurada a su favor y evitar tributa por la ganancia. El plazo para reinvertir es de seis meses desde que se produce la transmisión.
- Si se prevé recibir un ingreso extraordinario –indemnización, bonus o premio– se puede pactar con el pagador que el abono se realice en enero de 2026, de modo que la tributación se difiera y no deba declararlo hasta la campaña de la renta de 2026, a presentar en 2027.
- Vehículos eléctricos. Comprar uno o instalar un punto de recarga antes del 31 de diciembre también es buena idea porque se puede beneficiar de la deducción prorrogada en 2025. El precio de venta el vehículo eléctrico no podrá superar los 45.000 euros para turismos, 53.000 euros para vehículos de ocho o nueve plazas y 10.000 euros para motos.
- Si en 2025 los rendimientos íntegros del trabajo van a situarse por debajo de 18.276 euros, es importante revisar antes de fin de año que no se supera ese umbral, ni que se obtiene otras rentas superiores a 6.500 euros, ya que así se podrá beneficiar de una deducción de hasta 340 euros en la declaración de la renta de este ejercicio, a presentar en 2026.
- En el caso de un contribuyente cuyo cónyuge haya obtenido ingresos del trabajo o de actividades económicas que no vayan a superar los 8.000 euros en 2025, también podrá reducir su base haciendo aportaciones al plan del cónyuge, antes de que termine el año, con un máximo de 1.000 euros.
- Los contribuyentes con un cónyuge con discapacidad pueden constituir un patrimonio protegido a su favor y reducir su base imponible con las aportaciones al mismo, hasta un importe anual de 10.000 euros, con un límite máximo conjunto reducible de 24.250 euros si aportan varios familiares. Además, esta reducción es compatible con la del plan de pensiones.
- Donaciones. Realizar donativos permite beneficiarse de una deducción del 80 % en los primeros 250 euros y del 40-45 % en el resto.
- Inversión en empresas nuevas. Si se está pensando en invertir el dinero antes de 31 de diciembre, la inversión en empresas de nueva o reciente creación tiene premio fiscal, ya que se puede deducir el 50 % de las cantidades satisfechas por la suscripción de acciones o participaciones en este tipo de empresas, sobre una base máxima anual de 100.000 euros.
- Compras de vivienda antes de 2013. Aquellos que hayan adquirido una vivienda antes de 2013 tienen la posibilidad de realizar aportaciones extraordinarias a su préstamo hipotecario para agotar la base máxima de deducción de 9.040 euros. Los matrimonios bajo el régimen de ganancial podrán aplicar el importe anterior cada uno en su declaración individual.
- Cada comunidad autónoma tiene beneficios específicos, como la guardería, alquiler, cuidado de mayores, material escolar, vivienda habitual, gimnasio, etc. Por eso es importante comprobar qué deducciones autonómicas puede aplicar antes de cerrar el ejercicio.
- Aunque el Real Decreto-ley 9/2024 no fue convalidado, para los devengos producidos entre el 1 y el 22 de enero, se aplican medidas transitorias como el aumento a 2.500 euros del límite de rendimientos del trabajo del segundo pagador para estar obligado a declarar y la prórroga temporal de las deducciones por obras de eficiencia energética en viviendas (20 % y 40 %). Estas medidas se aplicarán solamente a contribuyentes fallecidos entre el 1 y el 22 de enero de 2025.