Imagen de archivo de la aplicación de Bizum
Hacienda controlará los pagos por Bizum para evitar el fraude: los cambios que llegan a partir del 1 de enero
El fisco también intensificará el control de tarjetas de crédito con gastos anuales de más de 25.000 euros
A partir del 1 de enero de 2026, Hacienda estrechará aún más el cerco fiscal y reforzará el control sobre los sistemas de pago, incluidos aquellos efectuados a través de Bizum. A través del Real Decreto 253/2025, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 2 de abril, la Agencia Tributaria tiene como objetivo garantizar que cada contribuyente cumpla correctamente con sus obligaciones fiscales y evitar así que se produzcan situaciones de enriquecimiento ilícito.
Actualmente, los bancos debían informar a la Agencia Tributaria de los movimientos que superaran los 3.000 euros. Con la nueva regulación se elimina este tope, y las entidades estarán obligadas a remitir mensualmente datos de las operaciones de sus clientes, con independencia de la cuantía. Eso sí, esto solo afectará a los autónomos y a las pymes que usen Bizum.
Esto supone que cualquier movimiento a través de este método de pago realizado por un autónomo o una sociedad, ya sea de envío como de recepción de dinero, será puesta a disposición del fisco.
La información que las entidades financieras tendrán que suministrar va desde la identificación completa de los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de Bizum o sistemas equivalentes, a la identificación de las cuentas bancarias o de pago a través de la que se efectúen los cobros por parte de los empresarios y profesionales.
Las sanciones van del 50 % hasta el 150 % del importe.
¿Y las ayudas de padres a hijos?
El Ministerio de Hacienda, a través de un comunicado, aclaró que «solo deben declararse los cobros recibidos por empresarios y profesionales establecidos en España». Esto significa que quedan excluidos los cobros entre particulares, ya que no tendrán en cuenta operación a operación.
Pero esto no significa que si el banco nota algún movimiento extraño, como es el caso una misma operación de manera periódica, o elevadas cantidades, que pueden ocular actividad económicas no declaradas, lo pase por alto. Todo lo contrario.
Límite de 25.000 euros
Ya sea un particular, un autónomo o una empresa, la Agencia Tributaria incrementará la vigilancia de las tarjetas cuyos movimientos superen los 25.000 euros al año. Para determinar si se llega a esta cifra se tendrá en cuenta la suma de los pagos en los comercios, las retiradas de efectivo, así como el dinero recibido en la tarjeta y otros aspectos relevantes que permitan a la administración tener un panorama completo de la actividad económica asociada a cada cuenta.
Las entidades financieras tendrán que remitir esta información anualmente. Esto es que, por ejemplo, los datos de 2026 se harán a comienzos de 2027.