Una persona calculando la declaración de la Renta
Economía
¿Cuándo hay que quitar a los hijos de la declaración de la Renta?
Existen una serie de condiciones que harán a los hijos desaparecer de la lista de descendientes en la declaración ante Hacienda de los padres
La campaña de la Renta arrancará el próximo 8 de abril para millones de españoles. En este contexto, los ciudadanos tendrán hasta el 30 de junio para presentar la declaración del IRPF y, como es habitual, siempre surgen un sinfín de dudas al respecto de este proceso.
Una de las más comunes en cada ejercicio se trata de cuándo procede dejar de incluir a los hijos en el documento fiscal. En este sentido, existen una serie de requisitos que permiten a los contribuyentes reducir la base imponible del impuesto con respecto a esta circunstancia familiar. Por ello, estas son las condiciones principales para que los hijos sigan figurando en la declaración.
Requisitos para incluir a los hijos en la declaración
- Tener menos de 25 años a 31 de diciembre del ejercicio fiscal.
- Si superan esa edad, contar con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- La convivencia o dependencia económica es otra exigencia central, aunque existen matices en casos de custodia compartida.
Además, cabe destacar que la clave para determinar la validez de mantener a un descendiente en la declaración de la Renta se establece también en otras dos particularidades concretas. En primer lugar, los ingresos propios del hijo no pueden superar los 8.000 euros anuales, excluyendo las rentas exentas. Por otro lado, en el caso de presentar una declaración por separado, estas no deben rebasar los 1.800 euros.
¿Cuándo hay que quitar a los hijos de la declaración de la Renta?
A tal efecto, hay que dejar de incluir a los hijos en la declaración de la renta en el momento en el que se incumpla alguna de estas condiciones. Esto significa que si los descendientes cumplen 25 años (salvo que se determine que existe una discapacidad igual o superior al 33 %), perciben rentas superiores al límite anual permitido o si presentan una declaración individual con ingresos que sobrepasan el umbral establecido deben quedar fuera de la declaración ante Hacienda.
Por ello, cualquier hijo mayor de más de 18 años que trabaje y supere los 8.000 euros de ingresos anuales, o que, por otro lado, declare por su cuenta más de 1.800 euros, deberá desaparecer automáticamente de la lista de descendientes en la declaración de la Renta de los padres.